Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿quién determina la estructura, el funcionamiento, el ámbito de actuación y las competencias de Europol?
- El Consejo Europeo y la Comisión
- El Parlamento Europeo y la Comisión
- El Parlamento Europeo y el Consejo
- El Consejo Europeo y el Consejo
El artículo 88.2 remite la estructura, el funcionamiento, el ámbito de actuación y las competencias de Europol a reglamentos que adoptan el Parlamento Europeo y el Consejo con el procedimiento legislativo ordinario. Ni el Consejo Europeo ni la Comisión son, en ese apartado, quienes los adoptan.
El Parlamento Europeo y el Consejo determinarán, mediante reglamentos adoptados con arreglo al procedimiento legislativo ordinario, la estructura, el funcionamiento, el ámbito de actuación y las competencias de Europol.