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Los países y territorios de ultramar, la cooperación con terceros países y la cláusula de solidaridad

12 preguntas · en 2 colecciones

Del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la cuarta parte (artículos 198 a 204) y los títulos III y VII de la quinta (artículos 208 a 214 y 222): el fin de la asociación de los países y territorios de ultramar, sus derechos de aduana, la circulación de sus trabajadores y cómo se fijan sus reglas; el objetivo de la cooperación para el desarrollo, la cooperación económica, financiera y técnica y la ayuda financiera urgente a terceros países; la ayuda humanitaria, sus principios y el Cuerpo Voluntario Europeo de Ayuda Humanitaria; y la cláusula de solidaridad: cuándo se aplica y quién define sus modalidades.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿cómo se definen las modalidades de aplicación por la Unión de la cláusula de solidaridad entre la Unión y sus Estados miembros?

  • Por decisión del Consejo Europeo, a propuesta conjunta de la Comisión y del Alto Representante
  • Por decisión del Consejo, a propuesta conjunta de la Comisión y del Alto Representante
  • Por decisión del Consejo Europeo, a propuesta del Comité Político y de Seguridad
  • Por decisión del Consejo, a propuesta del Comité Político y de Seguridad

El artículo 222.3 encarga la decisión al Consejo, a propuesta conjunta de la Comisión y del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, y con información al Parlamento Europeo. El Comité Político y de Seguridad no propone: asiste al Consejo, junto con el comité permanente de seguridad interior, con dictámenes conjuntos. Y al Consejo Europeo le toca otra cosa: evaluar de forma periódica las amenazas a que se enfrenta la Unión (222.4).

Las modalidades de aplicación por la Unión de la presente cláusula de solidaridad serán definidas mediante decisión adoptada por el Consejo, a propuesta conjunta de la Comisión y del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, cuando la situación en un tercer país requiere que la Unión le preste ayuda financiera urgente, el Consejo adopta las decisiones necesarias. ¿A propuesta de quién?

  • De la Comisión Europea
  • Del Alto Representante
  • Del Consejo Europeo
  • Del Parlamento Europeo

El artículo 213 es breve: ante la urgencia, decide el Consejo y a propuesta de la Comisión, sin pasar por el procedimiento legislativo ordinario con el que se aprueban las medidas generales de la cooperación con terceros países. El Alto Representante, el Consejo Europeo y el Parlamento Europeo no tienen la iniciativa en este caso.

Cuando la situación en un tercer país requiera que la Unión preste ayuda financiera urgente, el Consejo adoptará, a propuesta de la Comisión, las decisiones necesarias.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, además de los principios del Derecho internacional, ¿cuál de estos principios rige las acciones de ayuda humanitaria de la Unión?

  • La neutralidad
  • La condicionalidad
  • La reciprocidad
  • La gratuidad

El artículo 214.2 somete la ayuda humanitaria a los principios del Derecho internacional y a tres principios propios: imparcialidad, neutralidad y no discriminación. La ayuda se presta por la necesidad de las víctimas, así que no se condiciona a lo que haga el país que la recibe, ni exige nada a cambio; y la gratuidad no está entre los principios que el artículo nombra.

Las acciones de ayuda humanitaria se llevarán a cabo conforme a los principios del Derecho internacional y a los principios de imparcialidad, neutralidad y no discriminación.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, cuando el Consejo adopta con arreglo a un procedimiento legislativo especial las disposiciones sobre las modalidades y el procedimiento de la asociación de los países y territorios de ultramar, ¿cómo se pronuncia y qué papel tiene el Parlamento Europeo?

  • Por unanimidad, previa consulta al Parlamento Europeo
  • Por mayoría cualificada, previa consulta al Parlamento Europeo
  • Por unanimidad, previa aprobación del Parlamento Europeo
  • Por mayoría cualificada, previa aprobación del Parlamento Europeo

El artículo 203 encarga esas disposiciones al Consejo, que decide por unanimidad y a propuesta de la Comisión, a la luz de los resultados de la asociación. Cuando lo hace con un procedimiento legislativo especial, el Parlamento Europeo es consultado: da su parecer, pero no tiene en su mano aprobar ni bloquear. La mayoría cualificada, que es la regla general del Consejo, no rige aquí.

El Consejo, a la luz de los resultados alcanzados en el marco de la asociación de los países y territorios a la Unión y basándose en los principios contenidos en los Tratados, adoptará, por unanimidad, a propuesta de la Comisión, las disposiciones relativas a las modalidades y el procedimiento para la asociación de los países y territorios a la Unión. Cuando el Consejo adopte dichas disposiciones con arreglo a un procedimiento legislativo especial, se pronunciará por unanimidad, a propuesta de la Comisión y previa consulta al Parlamento Europeo.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿pueden los países y territorios de ultramar asociados percibir derechos de aduana sobre las importaciones procedentes de los Estados miembros?

  • No, los derechos de aduana quedan prohibidos sin excepción en el marco de la asociación
  • Sí, sobre las de los Estados distintos de aquel con el que tienen relaciones especiales
  • No, sus derechos de aduana se limitan a las mercancías procedentes de terceros países
  • Sí, los que exijan su desarrollo y su industrialización o los fiscales para su presupuesto

La regla general del artículo 200.2 prohíbe esos derechos de aduana, pero el 200.3 abre la excepción: los países y territorios pueden percibirlos para su desarrollo y su industrialización, o con carácter fiscal para nutrir su presupuesto. Tienen dos límites: no pueden superar los que graven las importaciones del Estado miembro con el que cada uno mantiene relaciones especiales, y no pueden discriminar, de hecho o de derecho, entre las importaciones de los distintos Estados miembros (200.5). Por eso no cabe gravar solo a los demás Estados.

No obstante, los países y territorios podrán percibir derechos de aduana para satisfacer las exigencias de su desarrollo y las necesidades de su industrialización o derechos de carácter fiscal destinados a nutrir su presupuesto.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
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Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿en qué situaciones de un Estado miembro actuarán conjuntamente la Unión y sus Estados miembros con espíritu de solidaridad, y movilizará la Unión todos sus instrumentos, incluidos los medios militares?

  • Si es objeto de un ataque terrorista o de una agresión armada
  • Si es objeto de una agresión armada o víctima de una catástrofe
  • Si es objeto de un ataque terrorista o víctima de una catástrofe
  • Si afronta una afluencia repentina de nacionales de terceros países

Es la cláusula de solidaridad del artículo 222: cubre el ataque terrorista y la catástrofe natural o de origen humano, y en ella actúa también la Unión, con todos sus instrumentos, incluidos los medios militares que le pongan a disposición los Estados; para prestar asistencia en el territorio del Estado afectado hace falta que la pidan sus autoridades políticas. La agresión armada no está en este artículo: tiene su propia cláusula de asistencia en el Tratado de la Unión Europea, dentro de la política común de seguridad y defensa.

La Unión y sus Estados miembros actuarán conjuntamente con espíritu de solidaridad si un Estado miembro es objeto de un ataque terrorista o víctima de una catástrofe natural o de origen humano. La Unión movilizará todos los instrumentos de que disponga, incluidos los medios militares puestos a su disposición por los Estados miembros
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿cuál es el objetivo principal de la política de la Unión en el ámbito de la cooperación para el desarrollo?

  • La consolidación de la democracia y del Estado de Derecho
  • La apertura de sus mercados al comercio con la Unión
  • La estabilidad de sus finanzas públicas y de su moneda
  • La reducción y, finalmente, la erradicación de la pobreza

El artículo 208.1 lo dice con esas palabras: el objetivo principal es reducir y, finalmente, erradicar la pobreza, y la Unión debe tener en cuenta los objetivos de la cooperación para el desarrollo cuando aplique políticas que puedan afectar a los países en desarrollo. La democracia y el Estado de Derecho están entre los principios de la acción exterior, en cuyo marco se lleva a cabo esta política, pero no son su objetivo principal; y el artículo no nombra la apertura de mercados ni la estabilidad financiera.

El objetivo principal de la política de la Unión en este ámbito será la reducción y, finalmente, la erradicación de la pobreza.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿para qué se crea el Cuerpo Voluntario Europeo de Ayuda Humanitaria?

  • Para que la Unión tenga personal propio de protección civil en su territorio
  • Para que los Estados miembros coordinen en él sus efectivos de socorro
  • Para encauzar la colaboración de las organizaciones no gubernamentales
  • Para que los jóvenes europeos participen juntos en las acciones de la Unión

El artículo 214.5 crea el Cuerpo Voluntario Europeo de Ayuda Humanitaria como marco para que los jóvenes europeos aporten contribuciones comunes a las acciones de ayuda humanitaria de la Unión, que se prestan en terceros países. Su estatuto y sus normas de funcionamiento los fijan por reglamento el Parlamento Europeo y el Consejo. No es un servicio de protección civil dentro de la Unión ni una estructura para coordinar a los Estados o a las organizaciones no gubernamentales.

A fin de establecer un marco para que los jóvenes europeos puedan aportar contribuciones comunes a las acciones de ayuda humanitaria de la Unión, se creará un Cuerpo Voluntario Europeo de Ayuda Humanitaria.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿a quién tienen por objeto prestar asistencia y socorro, en casos concretos, las acciones de la Unión en el ámbito de la ayuda humanitaria?

  • A la población de los Estados miembros víctima de catástrofes naturales o de origen humano
  • A las poblaciones de terceros países que se encuentren en situación de pobreza extrema
  • A las poblaciones de terceros países víctimas de catástrofes naturales o de origen humano
  • A la población de los Estados miembros que se encuentre en situación de pobreza extrema

Según el artículo 214.1, la ayuda humanitaria mira hacia fuera: asiste, socorre y protege a las poblaciones de terceros países víctimas de catástrofes naturales o de origen humano, para atender las necesidades humanitarias que resultan de ellas. La población de los Estados miembros no es su destinataria, y la pobreza extrema no es la situación que la define: responde a catástrofes.

Dichas acciones tendrán por objeto, en casos concretos, prestar asistencia y socorro a las poblaciones de los terceros países víctimas de catástrofes naturales o de origen humano, y protegerlas, para hacer frente a las necesidades humanitarias resultantes de esas diversas situaciones.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Unión lleva a cabo acciones de cooperación económica, financiera y técnica, incluida la ayuda financiera. ¿Con qué países?

  • Con los países menos adelantados que se lo soliciten
  • Con terceros países distintos de los países en desarrollo
  • Con los Estados miembros en graves dificultades financieras
  • Con los países en desarrollo de renta media o alta

El artículo 212 regula aparte la cooperación económica, financiera y técnica, incluida la ayuda en el ámbito financiero, con terceros países distintos de los países en desarrollo; a los países en desarrollo se dirige la cooperación para el desarrollo. Estas acciones deben ser coherentes con la política de desarrollo de la Unión y respetar los principios y objetivos de su acción exterior. No van dirigidas a los Estados miembros, que no son terceros países.

la Unión llevará a cabo acciones de cooperación económica, financiera y técnica, entre ellas acciones de ayuda en particular en el ámbito financiero, con terceros países distintos de los países en desarrollo.
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Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿por qué normas se rige la libertad de circulación de los trabajadores de los países y territorios de ultramar en los Estados miembros?

  • Por las mismas normas que la de los trabajadores de los Estados miembros
  • Por actos propios que se adopten en el marco de su asociación a la Unión
  • Por la legislación de extranjería de cada uno de los Estados miembros
  • Por los acuerdos que cada uno celebre con el Estado del que depende

El artículo 202 no remite a la libre circulación de los trabajadores de la Unión ni a lo que decida cada Estado: esa libertad, en los dos sentidos (de los trabajadores de los países y territorios en los Estados miembros y de los de los Estados miembros en ellos), se rige por actos propios, adoptados conforme al artículo que regula las modalidades y el procedimiento de la asociación. Y queda a salvo lo dispuesto sobre la salud y la seguridad públicas y el orden público.

Sin perjuicio de las disposiciones relativas a la salud y seguridad públicas y al orden público, la libertad de circulación de los trabajadores de los países y territorios en los Estados miembros, así como la de los trabajadores de los Estados miembros en los países y territorios, se regirá por actos adoptados de conformidad con el artículo 203.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿cuál es el fin de la asociación a la Unión de los países y territorios no europeos que mantienen relaciones especiales con algunos Estados miembros?

  • Promover su autonomía política y establecer estrechas relaciones económicas con la Unión
  • Promover su desarrollo económico y social y preparar su integración en el territorio aduanero de la Unión
  • Promover su desarrollo económico y social y establecer estrechas relaciones económicas con la Unión
  • Promover su autonomía política y preparar su integración en el territorio aduanero de la Unión

El artículo 198 fija el fin de la asociación de los países y territorios de ultramar en dos cosas: promover su desarrollo económico y social y establecer estrechas relaciones económicas entre ellos y la Unión en su conjunto; y añade que debe favorecer, en primer lugar, los intereses y la prosperidad de sus habitantes. Su autonomía política no es un fin de la asociación, y tampoco su integración en el territorio aduanero: la asociación busca relaciones económicas estrechas, no una unión aduanera.

El fin de la asociación será la promoción del desarrollo económico y social de los países y territorios, así como el establecimiento de estrechas relaciones económicas entre éstos y la Unión en su conjunto.
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