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La información administrativa y las funciones de atención al ciudadano

22 preguntas · en 2 colecciones

El capítulo I del Real Decreto 208/1996: qué es la información administrativa, la información general y la particular y a quién se da cada una, y las funciones de atención al ciudadano —la recepción y la acogida, la orientación, la gestión, las iniciativas y sugerencias, las quejas y reclamaciones y la asistencia en el derecho de petición—.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta. Ésta es una pequeña muestra de las 22 preguntas que contiene en total.

Según el Real Decreto 208/1996, ¿qué es la información administrativa?

  • Un servicio reservado a quienes tienen un procedimiento abierto
  • Un medio para que la Administración notifique sus actos a los interesados
  • Un cauce para conocer derechos y obligaciones y utilizar los servicios públicos
  • Un trámite previo que debe cumplirse antes de presentar una solicitud

El artículo 1 la define por su finalidad: que el ciudadano sepa a qué tiene derecho, qué se le exige y cómo usar los bienes y servicios públicos. No es un trámite ni un modo de notificar, y no está reservada a quien tiene un expediente abierto: eso solo vale para una parte de ella.

La información administrativa es un cauce adecuado a través del cual los ciudadanos pueden acceder al conocimiento de su derechos y obligaciones y a la utilización de los bienes y servicios públicos.
Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero

Según el Real Decreto 208/1996, ¿cuál de estas actuaciones cabe dentro de la función de orientación e información al ciudadano?

  • Interpretar la norma aplicable al caso que plantea
  • Darle una opinión jurídica sobre si su solicitud prosperará
  • Valorar la viabilidad económica de su proyecto
  • Ayudarle a cumplimentar el impreso de la solicitud

Es el límite que separa informar de resolver: cabe determinar conceptos, informar de opciones legales o colaborar en la cumplimentación de impresos, pero nunca interpretar la norma ni hacer consideraciones jurídicas o económicas. Las otras tres son justo lo que el real decreto excluye.

en ningún caso podrá entrañar una interpretación normativa, a la que se refiere el artículo 37.10 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ni consideración jurídica o económica, sino una simple determinación de conceptos, información de opciones legales o colaboración en la cumplimentación de impresos o solicitudes.
Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero

Según el Real Decreto 208/1996, ¿en qué dos clases puede dividirse la información administrativa?

  • Ordinaria y extraordinaria
  • Pública y reservada
  • General y particular
  • Presencial y telemática

Es la clasificación del artículo 1 para la información que dan las unidades y oficinas de información. No es una distinción académica: de la clase depende quién puede pedirla y quién la da. «Pública y reservada» tienta porque suena a acceso, pero no es una clase que el real decreto use.

La información encomendada a las unidades y oficinas a las que se refiere el capítulo II de este Real Decreto podrá ser general o particular.
Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero

En una oficina de información de la Administración General del Estado, una persona pregunta qué documentos tiene que aportar para pedir una prestación. Según el Real Decreto 208/1996, ¿qué función se ejerce al contestarle?

  • La de orientación e información
  • La de gestión
  • La de asistencia en el derecho de petición
  • La de recepción de iniciativas o sugerencias

Aclarar qué documentación hace falta para una solicitud o una prestación es orientar e informar. No es gestión, porque nadie recibe ni tramita nada todavía.

De orientación e información, cuya finalidad es la de ofrecer las aclaraciones y ayudas de índole práctica que los ciudadanos requieren sobre procedimientos, trámites, requisitos y documentación
Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero

Según el Real Decreto 208/1996, la información general abarca los datos que los ciudadanos necesiten conocer en sus relaciones con…

  • Las Administraciones públicas en su conjunto o alguno de sus ámbitos de actuación
  • El Departamento ministerial del que depende la oficina
  • La Administración ante la que tengan abierto un procedimiento
  • Los órganos de la Administración General del Estado en su provincia

La información general no se ciñe al ministerio que la da ni a la provincia: cubre lo que el ciudadano necesita saber para tratar con las Administraciones públicas, en su conjunto o en alguno de sus ámbitos. Atarla a un procedimiento abierto la confunde con la información particular.

así como a cualesquiera otros datos que aquellos tengan necesidad de conocer en sus relaciones con las Administraciones públicas, en su conjunto, o con alguno de sus ámbitos de actuación.
Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero

En una oficina de la Administración General del Estado, un ciudadano espera dos horas su turno con varias ventanillas cerradas y quiere dejar constancia de ello. Según el Real Decreto 208/1996, ¿qué función de atención al ciudadano le corresponde?

  • La de recepción de quejas y reclamaciones
  • La de recepción de iniciativas o sugerencias
  • La de orientación e información
  • La de asistencia en el derecho de petición

Una espera así es una tardanza en el funcionamiento de la dependencia, y quien quiere dejar constancia de ella presenta una queja: no propone nada, protesta por cómo ha funcionado la dependencia. Tampoco pide nada a la Administración, que es lo que haría una petición.

De recepción de las quejas y reclamaciones de los ciudadanos por las tardanzas
Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero

Según el Real Decreto 208/1996, ¿cuándo colaboran las unidades y oficinas de información administrativa con quien aporta la información particular a los interesados?

  • Cuando el interesado lo pida expresamente
  • En los procedimientos que superen su plazo de resolución
  • Cuando así se establezca
  • Cuando el expediente se tramite en otra provincia

Para que la respuesta al interesado sea ágil, quien tiene la información particular puede estar conectado con las unidades y oficinas de información, pero que estas colaboren no es automático ni depende de quien pregunta: tiene que haberse establecido. El retraso del procedimiento o que lo pida el interesado no activan esa colaboración.

podrán estar dotadas de las oportunas conexiones con las unidades y oficinas de información administrativa que colaborarán con aquéllas cuando así se establezca.
Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero

Según el Real Decreto 208/1996, ¿a quién está reservada la información sobre documentos que contienen datos personales que afectan a la intimidad?

  • A cualquier ciudadano, sin acreditar legitimación
  • A la unidad que tramita el expediente
  • A las personas a las que se refieren esos datos
  • A quien los solicite por escrito y de forma motivada

Cuando la información particular toca datos que afectan a la intimidad de una persona física, el círculo se estrecha al máximo: esos documentos están reservados a la persona de la que hablan. Ni pedirlos por escrito y motivando la solicitud ni ser la unidad que tramita el expediente cambian eso.

La información sobre documentos que contengan datos de esta naturaleza estará reservada a las personas a que se refieran
Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero

Según el Real Decreto 208/1996, ¿qué legitimación hay que acreditar para recibir información administrativa general?

  • Ninguna
  • La condición de interesado en un procedimiento
  • Un interés legítimo, personal y directo
  • La residencia legal en España

No se exige nada, y darla es obligatorio: basta con pedirla. La condición de interesado tienta porque suena a requisito de acceso, pero para esta clase no se pide nada.

La información general se facilitará obligatoriamente a los ciudadanos, sin exigir para ello la acreditación de legitimación alguna.
Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero

Un ciudadano entra en una Delegación del Gobierno y pregunta en qué planta está la unidad que lleva su expediente. Según el Real Decreto 208/1996, ¿qué función de atención al ciudadano se ejerce al orientarle?

  • La de orientación e información
  • La de recepción y acogida
  • La de gestión
  • La de asistencia en el derecho de petición

Es la ayuda del momento en que se llega: dónde están las dependencias y los funcionarios. La orientación e información tienta por el nombre, pero llevar al que llega hasta su sitio es la ayuda del momento inicial de la visita.

De recepción y acogida a los ciudadanos, al objeto de facilitarles la orientación y ayuda que precisen en el momento inicial de su visita, y, en particular, la relativa a la localización de dependencias y funcionarios.
Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero