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El marco de mejora de la calidad y las cartas de servicios

22 preguntas · en 2 colecciones

Los capítulos I a III del Real Decreto 951/2005: el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado y sus programas, a quién se aplica, el análisis de la demanda y la evaluación de la satisfacción de los usuarios, y las cartas de servicios —qué son, su estructura y su contenido, cómo se elaboran, se gestionan y se difunden, su seguimiento y las cartas de servicios electrónicos—.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta. Ésta es una pequeña muestra de las 22 preguntas que contiene en total.

Según el RD 951/2005, ¿puede elaborarse una carta de servicios sobre un servicio en cuya prestación participan órganos de la Administración General del Estado y de otra Administración pública?

  • Sí: caben cartas de servicios prestados entre varias Administraciones
  • No: cada carta se refiere a los servicios de un solo órgano u organismo
  • Solo si todos los órganos que participan dependen del mismo ministerio
  • No: cada Administración elabora la suya para su parte del servicio

Además de las cartas del conjunto de servicios de un órgano y de las de un servicio específico, caben cartas de un servicio que prestan varios órganos u organismos, sean todos de la Administración General del Estado o de esta y de otras Administraciones públicas. Esas cartas tienen un procedimiento de tramitación propio.

Podrán, asimismo, elaborarse cartas que tengan por objeto un servicio en cuya prestación participan distintos órganos u organismos, dependientes de la Administración General del Estado o de esta y otras Administraciones públicas.
Real Decreto 951/2005, de 29 de julio

Según el RD 951/2005, ¿dónde se publica la resolución que aprueba una carta de servicios?

  • En la sede electrónica del departamento
  • En el boletín oficial de la provincia en que se presta el servicio
  • En el Boletín Oficial del Estado
  • En el tablón de anuncios del órgano al que se refiere

Se publica en el Boletín Oficial del Estado, y esa publicación da cuenta de dos cosas: que la carta está aprobada y que está a disposición del público. La difusión de la carta misma es otra cosa: cada órgano la hace por los medios que estime más eficaces, también por internet.

La resolución a que se refiere el apartado anterior se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», lo que dará cuenta de la aprobación de la carta y de su disponibilidad para el público.
Real Decreto 951/2005, de 29 de julio

Según el RD 951/2005, entre los niveles o estándares de calidad que ofrece una carta de servicios, ¿cuál debe figurar en todo caso?

  • El coste medio de cada uno de los servicios prestados
  • Los resultados de la última evaluación de la satisfacción de los usuarios
  • Los horarios, lugares y canales de atención al público
  • El número de quejas y sugerencias recibidas el año anterior

Entre los niveles de calidad que se ofrecen, tres van siempre: los plazos de tramitación (y, en su caso, de prestación de los servicios), los mecanismos de información y comunicación, y los horarios, lugares y canales de atención al público. Los resultados de las encuestas, el coste de los servicios o el número de quejas no son niveles de calidad que la carta deba ofrecer.

Niveles o estándares de calidad que se ofrecen y, en todo caso: Plazos previstos para la tramitación de los procedimientos, así como, en su caso, para la prestación de los servicios. Mecanismos de información y comunicación disponibles, ya sea general o personalizada. Horarios, lugares y canales de atención al público.
Real Decreto 951/2005, de 29 de julio

Según el RD 951/2005, ¿quién determina el órgano o unidad que se encarga de la coordinación y el seguimiento global de los programas de calidad en cada ámbito?

  • Los Subsecretarios y los titulares de organismos
  • La Inspección General de Servicios de cada departamento
  • El ministro de cada departamento
  • La Secretaría General Técnica de cada departamento

La designación es de los Subsecretarios en sus departamentos y de los titulares en sus organismos públicos, cada uno para su ámbito. Ese órgano o unidad coordina y sigue los programas en conjunto. No lo designan el ministro ni la Secretaría General Técnica, ni hay uno solo para toda la Administración.

Los Subsecretarios de los departamentos y los titulares de los organismos públicos determinarán el órgano o unidad a los que, de acuerdo con lo establecido en el capítulo I del título II y en el capítulo I del título III de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se asignan las funciones de coordinación y seguimiento global de los programas en su respectivo ámbito.
Real Decreto 951/2005, de 29 de julio

Un organismo de la Administración General del Estado ya tiene su carta de servicios y presta además servicios electrónicos operativos. Según el RD 951/2005, ¿qué carta debe publicar?

  • Ninguna más: su carta general debe incluir ya los servicios electrónicos
  • Una carta de esos servicios electrónicos, además de la que ya tiene
  • Una nueva carta que sustituya a la anterior y abarque los dos tipos de servicio
  • Una carta de servicios electrónicos cuando lo acuerde su departamento

Quien tiene servicios electrónicos operativos publica, además de sus otras cartas, cartas de esos servicios: qué se puede hacer por vía electrónica, con qué especificaciones técnicas de uso y con qué compromisos de calidad. Se tramitan como las demás y deben estar disponibles en internet y en soporte impreso.

Los departamentos y organismos que cuenten con servicios electrónicos operativos publicarán, además de las mencionadas anteriormente, cartas de este tipo de servicios
Real Decreto 951/2005, de 29 de julio

Según el RD 951/2005, ¿en qué proceso se utilizan particularmente los resultados de los trabajos de investigación sobre los usuarios?

  • En la elaboración y actualización de las cartas de servicios
  • En la contestación de las quejas y sugerencias recibidas
  • En la evaluación individual del desempeño de los empleados
  • En la fijación de los precios públicos de los servicios

Los resultados alimentan los programas del propio real decreto, y en especial la elaboración y la actualización de las cartas de servicios: lo que opinan los usuarios sirve para fijar y revisar los compromisos. Pueden servir también para otras acciones de mejora continua, no para contestar quejas concretas, evaluar a cada empleado ni fijar precios.

Los resultados de los trabajos de investigación se utilizarán en el desarrollo de los programas incluidos en este real decreto, particularmente en el proceso de elaboración y actualización de las cartas de servicios
Real Decreto 951/2005, de 29 de julio

Según el RD 951/2005, ¿qué informe debe remitirse dentro del primer semestre de cada año?

  • Un informe de evaluación de la satisfacción de los usuarios
  • Un estudio de análisis de la demanda de los servicios
  • Una propuesta de actualización de las cartas de servicios
  • Un informe conjunto de seguimiento de los programas de calidad

En el primer semestre va el informe conjunto de seguimiento de los programas de calidad, que remiten cada año las autoridades de cada departamento y de cada organismo público. Es el informe que lo junta todo: en él se incorpora también la información sobre las cartas de servicios.

dentro del primer semestre de cada año, un informe conjunto de seguimiento de los programas de calidad
Real Decreto 951/2005, de 29 de julio

Según el RD 951/2005, si una carta de servicios prevé medidas de subsanación de contenido económico, ¿qué requieren esas medidas?

  • Un informe preceptivo, cuyo sentido no vincula
  • Un informe preceptivo y favorable
  • Un informe facultativo, cuando la cuantía sea elevada
  • La conformidad previa del usuario afectado

Las medidas de subsanación con contenido económico necesitan un informe que es preceptivo y que, además, tiene que ser favorable: no basta con pedirlo. Las medidas de subsanación sin contenido económico no llevan ese requisito.

En el supuesto de que se prevean medidas de subsanación de contenido económico, estas requerirán informe preceptivo favorable
Real Decreto 951/2005, de 29 de julio

Según el RD 951/2005, ¿qué objeto tienen los estudios de análisis de la demanda?

  • Medir la percepción que tienen los usuarios de la organización y de sus servicios
  • Calcular el coste de cada servicio para fijar sus precios públicos
  • Prever el volumen de solicitudes para dimensionar las plantillas
  • Detectar las necesidades y expectativas de los usuarios sobre el servicio

Los estudios de la demanda miran a lo que el usuario necesita y espera de lo esencial del servicio: sus requisitos, las formas y medios de acceder a él y los tiempos de respuesta. Medir la percepción que tiene de la organización y de lo que presta es el objeto de la evaluación de la satisfacción, el otro brazo del mismo programa.

Los estudios de análisis de la demanda tendrán por objeto la detección de las necesidades y expectativas de los usuarios acerca de los aspectos esenciales del servicio, en especial sus requisitos, formas y medios para acceder a él y los tiempos de respuesta.
Real Decreto 951/2005, de 29 de julio

Según el RD 951/2005, ¿qué deben permitir los modelos de referencia que se empleen para diseñar las encuestas, sondeos y demás trabajos de investigación sobre los usuarios?

  • Identificar a cada usuario que ha participado, para contrastar sus respuestas
  • Consolidar y comparar luego resultados en toda la Administración del Estado
  • Que cada órgano mida los atributos que elija, sin un marco común
  • Comparar los resultados con los de las Administraciones de otros países

Los modelos se adaptan a cada órgano, pero tienen que prever todo lo relevante para el usuario y permitir después consolidar y comparar resultados en el conjunto de la Administración General del Estado. Identificar a quien colabora iría contra la confidencialidad que el mismo artículo le garantiza.

y que permitan la posterior consolidación y comparación de resultados a escala del conjunto de la Administración General del Estado
Real Decreto 951/2005, de 29 de julio