Terminado el plazo de solicitudes de un puesto de libre designación de Justicia, ¿de qué plazo máximo dispone la Administración para efectuar el nombramiento, según el RD 1451/2005, sin contar su prórroga?
- Dos meses
- Un mes
- Tres meses
- Quince días hábiles
El art. 60.1 da dos meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes, una vez apreciada la idoneidad de los candidatos, y permite prorrogarlo excepcionalmente hasta un mes más. Un mes es el plazo del reglamento de provisión de la Administración General del Estado (RD 364/1995), que no rige para el personal de Justicia; tres meses es a lo que se llega solo con la prórroga.
Los nombramientos deberán efectuarse en el plazo máximo de dos meses contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes