Volver a empezar no tiene por qué ser empezar de cero. Cada día, solo las preguntas que se te iban a caer de la organización, el personal y la ofimática: la Constitución, la igualdad y la violencia de género, el Gobierno, la organización territorial y la Unión Europea, el Poder Judicial y su Consejo General, cada tribunal con la planta de Tribunales de Instancia que estrenó la Ley Orgánica 1/2025, los jueces de paz y las Oficinas de Justicia en los municipios, la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia, la oficina judicial, los letrados de la Administración de Justicia, los cuerpos de funcionarios, las actuaciones judiciales —los días y las horas hábiles, la nulidad de los actos, las resoluciones, las notificaciones y la cooperación entre tribunales— y el depósito para recurrir, con Windows, Word, Outlook e Internet.
De las leyes procesales, el recurso contencioso-administrativo y sus procedimientos, el Tribunal del Jurado, las disposiciones generales, las normas comunes, los expedientes de adopción, de medidas judiciales de apoyo, de tutela y curatela, de Derecho sucesorio y de obligaciones, y la conciliación de la jurisdicción voluntaria, los medios adecuados de solución de controversias y, de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el poder de disposición de las partes, los días hábiles y los plazos, la inmediación, la publicidad y la fe pública judicial, los actos de comunicación, el auxilio judicial, las resoluciones, la nulidad de las actuaciones, la tasación de costas, la clase de juicio, la presentación de escritos y sus copias, la prueba, los juicios ordinario y verbal, los recursos, la ejecución forzosa, las medidas cautelares, las disposiciones generales de los procesos especiales, los procesos de apoyos y de filiación, los procesos matrimoniales, la sustracción internacional de menores, la división de la herencia, el monitorio y el cambiario, y de la Ley reguladora de la jurisdicción social, la jurisdicción y la competencia, las partes, los actos procesales, la evitación del proceso, la demanda, el juicio, la prueba y la sentencia, el despido, las sanciones y las demás extinciones del contrato, las prestaciones de la Seguridad Social y los recursos de reposición, de revisión y de suplicación, y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las resoluciones, los actos de comunicación, los términos, los recursos, el sumario, la detención, la prisión provisional, las fianzas y los embargos, el sobreseimiento, la calificación, el juicio oral, el procedimiento abreviado, los juicios rápidos, el juicio sobre delitos leves, la ejecución de las sentencias y la justicia restaurativa.
Las de ley, con su artículo literal del texto vigente; las de ofimática y las que no tienen norma, como la Carta de Derechos, con su explicación. Comparte sus bloques con la colección de cada ley y con Auxiliar administrativo del Estado: lo que ya sabes en una te cuenta en las demás.
No incluye las demás leyes procesales: ni el resto de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que está en sus cuatro colecciones, ni el resto de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que está en sus tres colecciones, ni el resto de la Ley reguladora de la jurisdicción social, que está entera en su propia colección, ni el resto de los expedientes de la Ley de la Jurisdicción Voluntaria, que está entera en la suya y de la que lleva solo sus disposiciones generales, sus normas comunes, los de adopción, de medidas judiciales de apoyo, de tutela y curatela, de Derecho sucesorio y de obligaciones, y la conciliación.
Y tampoco el caso práctico del segundo ejercicio, que son diez preguntas sobre un mismo supuesto. Tampoco los datos abiertos y la cooperación entre Administraciones del Real Decreto-ley 6/2023, los Fiscales de Sala especialistas, la Carrera Fiscal y el estatuto y la responsabilidad de los fiscales, que regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, los anexos de la Ley de Demarcación y de Planta Judicial, la ley de incompatibilidades del personal de las Administraciones, la Ley Orgánica de Libertad Sindical, el derecho de huelga, la prevención de riesgos laborales, el Plan de Transparencia Judicial ni la estructura de la Secretaría de Estado de Justicia, que fija cada Gobierno por real decreto.
La ofimática va en preguntas, no en práctica en pantalla. De la Ley Orgánica del Poder Judicial lleva sus principios, la planta y cada tribunal, el gobierno de los tribunales, el Consejo General, la Carrera Judicial y la independencia, la lengua y los medios técnicos, la protección de datos, la oficina judicial, los letrados de la Administración de Justicia, los cuerpos de funcionarios, los abogados, los procuradores, la Policía Judicial, las actuaciones judiciales —los días y las horas hábiles, la nulidad de los actos, las resoluciones, las notificaciones y la cooperación entre tribunales— y el depósito para recurrir, sin el resto de la ley, que está entera en su propia colección: ni la extensión de la jurisdicción, ni los conflictos de competencia, ni las causas de abstención y recusación de jueces y magistrados.
De la Constitución, todo menos los derechos y deberes de los ciudadanos de la sección segunda, los principios rectores de la política social y económica, la Administración Pública, la economía y la hacienda y el Defensor del Pueblo; de la Administración local, solo lo que dice la Constitución, y de la Unión Europea, del Tratado de la Unión los valores, el marco institucional, la adhesión y la retirada, y del de Funcionamiento, las categorías de competencias, el Banco Central Europeo, el Tribunal de Cuentas y el Banco Europeo de Inversiones, sin el detalle de las demás instituciones, las políticas de la Unión ni sus actos jurídicos: los dos Tratados tienen su propia colección.
Y de otras cuatro leyes lleva una parte, y están enteras en sus propias colecciones:
- De la Ley 29/1998, de la jurisdicción contencioso-administrativa, el ámbito, las partes, la actividad impugnable, la cuantía, la interposición, el procedimiento ordinario, el abreviado y los especiales y las medidas cautelares, sin los órganos y sus competencias, la apelación, la casación, la revisión, la ejecución de sentencias ni las costas
- De la Ley 50/1997, del Gobierno, todo menos la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria
- De la Ley 40/2015, la organización central y territorial de la Administración General del Estado, y del Estatuto Básico del Empleado Público, la jornada, los permisos y las vacaciones, la negociación colectiva y la representación del personal