Una funcionaria cesó como delegada de personal y después se le incoa un expediente disciplinario. Según el RD 796/2005, ¿durante cuánto tiempo tras su cese sigue debiendo notificarse la incoación a la representación que corresponda?
- Durante los seis meses siguientes al cese
- Durante el año siguiente al cese
- Durante los dos años siguientes al cese
- Durante lo que le quedaba de mandato
El art. 5.1 extiende la notificación a los expedientes que se incoan dentro del año siguiente al cese en la condición de delegado sindical, delegado de personal o cargo electivo sindical. Los seis meses son otra cifra del reglamento, la de la paralización del expediente que hace volver a correr la prescripción (art. 18.3).
Dicha notificación deberá, asimismo, realizarse cuando la incoación del expediente se practique dentro del año siguiente al cese del expedientado en alguna de las condiciones enumeradas en el párrafo anterior.