¿Cuál de estos trabajadores queda excluido del ámbito del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado?
- El personal laboral de la Agencia Española de Protección de Datos
- El personal laboral de un organismo autónomo
- El personal laboral de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo
- El personal laboral que presta servicios en el exterior
El artículo 2.a) excluye al personal laboral que presta servicios en el exterior. Los otros tres están dentro: el de los organismos autónomos por el artículo 1.1, y la Agencia Española de Protección de Datos y Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo porque el artículo 1.2 los nombra expresamente.
Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente Convenio: a) El personal laboral que presta servicios en el exterior.