Según el art. 82 de la Ley 20/2011, ¿qué comprende una certificación literal?
- Los datos del asiento que se determinen reglamentariamente
- La totalidad del contenido del asiento o asientos a que se refiera
- Solo los datos que el solicitante indique en su petición
- El contenido del último asiento practicado en el registro individual
La literal reproduce el asiento entero, o los asientos a que se refiera. La primera opción es la definición de la certificación en extracto (art. 82.3), que contiene los datos que fije el reglamento: es la pareja que se confunde siempre. El solicitante no elige qué datos entran, y la literal no se limita al último asiento.
Las certificaciones literales comprenderán la totalidad del contenido del asiento o asientos a que se refieran.