Según la LECrim, ¿qué recurso pueden interponer el Ministerio Fiscal y el condenado contra el auto que determina el máximo de cumplimiento de las penas impuestas en distintos procesos?
- El de casación por quebrantamiento de forma
- El de casación por infracción de ley
- El de súplica, ante el mismo tribunal
- El de apelación, en un solo efecto
El art. 988 lo dice expresamente: contra el auto que relaciona todas las penas y fija su máximo de cumplimiento cabe recurso de casación por infracción de ley, y lo pueden interponer el Ministerio Fiscal y el condenado. No es la casación por quebrantamiento de forma, porque lo que se discute es la aplicación del art. 76 del Código Penal, y la ley no abre aquí la apelación ni la súplica.
Contra tal auto podrán el Ministerio Fiscal y el condenado interponer recurso de casación por infracción de Ley.