En una provincia de una comunidad autónoma con varias provincias, ¿a quién corresponde, como regla general, imponer las sanciones por las infracciones de la Ley Orgánica 4/2000?
- Al Delegado del Gobierno en la comunidad autónoma
- Al Jefe de la Oficina de Extranjería de la provincia
- Al Comisario Provincial de la Policía Nacional
- Al Subdelegado del Gobierno en la provincia
El 55.2 atribuye la imposición de las sanciones al Subdelegado del Gobierno, y al Delegado del Gobierno solo en las comunidades autónomas uniprovinciales. En una comunidad con varias provincias, el Delegado no impone estas sanciones. Tampoco el Jefe de la Oficina de Extranjería ni el Comisario Provincial: según el artículo 218.2 del Real Decreto 1155/2024 pueden ordenar que se incoe el procedimiento, pero no imponen la sanción.
La imposición de sanciones por las infracciones administrativas establecidas en la presente Ley Orgánica corresponderá al Subdelegado del Gobierno o al Delegado del Gobierno en las Comunidades Autónomas uniprovinciales.