Según el artículo 214.2 de la Ley General de la Seguridad Social, ¿cuántos puntos porcentuales se incrementa el porcentaje de la pensión de jubilación activa por cada 12 meses ininterrumpidos en esa situación?
- 2 puntos
- 4 puntos
- 5 puntos
- 10 puntos
Una vez en la jubilación activa, el porcentaje inicial de la escala sube 5 puntos por cada 12 meses ininterrumpidos, hasta un máximo del 100 % de la pensión. El 2 y el 4 son los porcentajes del complemento por demora del art. 210.2.a), una figura distinta: aquel premia retrasar la jubilación sin trabajar después, y este, seguir trabajando ya jubilado.
El porcentaje que resulte de la escala anterior se incrementará 5 puntos porcentuales por cada 12 meses ininterrumpidos que permanezca en la situación de jubilación activa, con el máximo del 100 por ciento de la pensión.