La elaboración del borrador del proyecto de presupuesto anual del Consejo General del Poder Judicial puede delegarse en la Comisión de Asuntos Económicos. ¿Quién tiene que aprobar ese borrador antes de que se eleve al Pleno?
- La propia Comisión de Asuntos Económicos
- La Comisión Permanente
- La Presidencia del Consejo
- La gerencia del Consejo
El art. 609.5 permite delegar en la Comisión de Asuntos Económicos la elaboración del borrador, pero no su aprobación: esta corresponde, en todo caso, a la Comisión Permanente, antes de que el borrador se eleve al Pleno, que es quien aprueba el Presupuesto del Consejo (art. 599.1.8.ª). No lo aprueba la Comisión que lo ha elaborado, ni la Presidencia, ni la gerencia, cuya actividad financiera y contable controla esa Comisión (art. 609.4).
la Comisión Permanente podrá delegar en la Comisión de Asuntos Económicos la elaboración del borrador de proyecto del presupuesto anual del Consejo, cuya aprobación corresponderá, en todo caso, a la Comisión Permanente antes de su elevación al Pleno