Una funcionaria de carrera de la Administración Civil del Estado accede por promoción interna a una escala de un organismo autónomo y queda en el Régimen General. Según el Real Decreto Legislativo 4/2000, ¿cuándo debe optar si quiere seguir siendo mutualista?
- Una sola vez, en los quince días siguientes a la toma de posesión en la escala
- Una sola vez, en el mes siguiente a la toma de posesión en la escala
- En cualquier momento, mientras siga en servicio activo en la escala
- Una sola vez, en los quince días siguientes a publicarse su nombramiento
El artículo 7.3 la incluye obligatoriamente en el Régimen General, pero le deja mantener la condición de mutualista si ejerce la opción una sola vez y en el plazo de quince días desde la toma de posesión en el nuevo cuerpo o escala. El plazo no es de un mes ni queda abierto, y cuenta desde la toma de posesión, no desde el nombramiento.
deberán ejercitar esta opción, por una sola vez, en el plazo de quince días desde la toma de posesión en el nuevo Cuerpo o Escala