Según el art. 26.3 de la Ley 17/2015, ¿quién elabora el Programa de Inspección del Sistema Nacional de Protección Civil y quién lo lleva a cabo?
- Lo elabora el Consejo Nacional de Protección Civil y lo llevan a cabo las Administraciones Públicas
- Lo elabora el Ministro del Interior y lo llevan a cabo los Delegados del Gobierno en cada comunidad autónoma
- Lo elabora el Consejo Nacional de Protección Civil y lo llevan a cabo los Delegados del Gobierno en cada comunidad autónoma
- Lo elabora el Ministro del Interior y lo llevan a cabo las Administraciones Públicas
El art. 26.3 separa a quien redacta de quien ejecuta: el Consejo Nacional de Protección Civil elabora las directrices de evaluación y el Programa de Inspección, y este lo llevan a cabo las Administraciones Públicas, cada una en su ámbito de competencia y respetando la dirección de sus propios servicios. Tienta poner de autor al Ministro del Interior, que elabora otros instrumentos de esta ley, pero el artículo no lo nombra. Y los Delegados del Gobierno tampoco aparecen como ejecutores del programa.
3. El Consejo Nacional de Protección Civil elaborará unas directrices de evaluación de las actuaciones de aplicación general y un Programa de Inspección del Sistema Nacional que se llevará a cabo por las Administraciones Públicas en sus respectivos ámbitos de competencia