Según el art. 8 de la Ley 42/2007, ¿cómo se integran las comunidades autónomas en el Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad?
- Con voz y voto
- Sin voz ni voto
- Con voz pero sin voto
- Con voz y voto en las normas que les afecten
El art. 8 dice que se integran con voz pero sin voto, igual que una representación de las entidades locales. Tienta darles voto, al menos en lo que les afecta, porque son Administraciones con competencias en la materia, pero el Consejo es un órgano de participación pública y la letra no hace esa distinción. Tampoco quedan fuera del debate: tienen voz.
Se crea el Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, como órgano de participación pública en el ámbito de la conservación y el uso sostenible del patrimonio natural y la biodiversidad, que informará, entre otros, las normas y planes de ámbito estatal relativas al patrimonio natural y la biodiversidad, y en el que se integrarán, con voz pero sin voto, las Comunidades autónomas y una representación de las entidades locales