Según el Reglamento de Armas (Real Decreto 137/1993), un chico de quince años que reside en España obtiene la autorización especial de uso de armas para menores para ir de caza. ¿Qué arma puede utilizar en la cacería?
- Una escopeta de caza, de la categoría 3.ª, apartado 2
- Un rifle de caza mayor, de la categoría 2.ª, apartado 2
- Una carabina del calibre .22, de la categoría 3.ª, apartado 1
- Una carabina de aire comprimido, de la categoría 3.ª, apartado 3
Desde los catorce años, el artículo 109.2 deja a los menores usar para la caza las armas de la categoría 3.ª, apartado 2, que son las escopetas; las de la 3.ª, apartado 3, solo para competiciones deportivas con categoría «junior». El rifle de caza mayor y la carabina .22 de la 3.ª, apartado 1, son para los mayores de dieciséis años (artículo 109.1), y el chico tiene quince.
Con las mismas condiciones y requisitos, los mayores de catorce años y menores de dieciocho podrán utilizar las armas de la categoría 3.ª, 2, para la caza y las de la categoría 3.ª, 2 y 3, para competiciones deportivas