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Los principios del tratamiento y su licitud

27 preguntas · en 2 colecciones

El capítulo II del Reglamento general de protección de datos: los principios relativos al tratamiento, su licitud, las condiciones del consentimiento y las del consentimiento del niño en los servicios de la sociedad de la información, las categorías especiales de datos, los datos de condenas e infracciones penales y el tratamiento que no requiere identificación.

Colecciones que lo incluyen

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta. Ésta es una pequeña muestra de las 27 preguntas que contiene en total.

Según el RGPD, si los fines para los que un responsable trata datos ya no requieren identificar al interesado, ¿debe obtener información adicional para identificarlo con la única finalidad de cumplir el Reglamento?

  • Sí, porque la necesita para atender los derechos que ejerza el interesado
  • Sí, salvo que el tratamiento tenga exclusivamente fines estadísticos
  • No está obligado a mantenerla, obtenerla ni tratarla con esa finalidad
  • Solo si la autoridad de control se lo requiere de forma expresa

El Reglamento no obliga a identificar a nadie solo para poder cumplirlo: si los fines no requieren (o ya no requieren) la identificación, el responsable no tiene que mantener, obtener ni tratar información adicional con ese único objeto. Lo contrario obligaría a tratar más datos de los necesarios, justo lo que el Reglamento quiere evitar.

este no estará obligado a mantener, obtener o tratar información adicional con vistas a identificar al interesado con la única finalidad de cumplir el presente Reglamento
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, ¿cómo afectan las condiciones del consentimiento del niño en los servicios de la sociedad de la información a las normas generales del Derecho contractual de los Estados miembros?

  • Las desplazan en los contratos de servicios en línea con niños
  • Hacen nulo el contrato si el niño no alcanza la edad que exige el Reglamento
  • No les afectan, tampoco a las de validez o formación del contrato
  • Solo las desplazan si el Estado ha fijado una edad propia

Las condiciones del artículo 8 deciden cuándo es lícito el tratamiento de los datos del niño, no si el contrato es válido. Por eso el Reglamento deja a salvo el Derecho contractual de cada Estado, como las normas sobre la validez, formación o efectos de los contratos con un niño. Que el tratamiento no sea lícito no anula por sí mismo el contrato.

El apartado 1 no afectará a las disposiciones generales del Derecho contractual de los Estados miembros, como las normas relativas a la validez, formación o efectos de los contratos en relación con un niño.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, ¿cuándo pueden tratarse, sobre la base del artículo 6.1, los datos personales relativos a condenas e infracciones penales?

  • Bajo supervisión de autoridades públicas, o si lo permite una norma de la Unión o estatal con garantías
  • Siempre que el interesado haya dado su consentimiento explícito para uno o más fines especificados
  • Solo si el propio interesado los ha hecho manifiestamente públicos, por ejemplo en sus redes sociales
  • Únicamente con fines de archivo en interés público, de investigación científica o histórica o estadísticos

El artículo 10 añade una condición a la base del artículo 6.1: que el tratamiento se haga bajo la supervisión de las autoridades públicas o que lo autorice el Derecho de la Unión o de los Estados miembros con garantías adecuadas para los derechos y libertades de los interesados. Ni el consentimiento explícito del interesado, ni que él mismo haya hecho públicos los datos, ni los fines de archivo o estadística son la condición que fija este artículo.

El tratamiento de datos personales relativos a condenas e infracciones penales o medidas de seguridad conexas sobre la base del artículo 6, apartado 1, sólo podrá llevarse a cabo bajo la supervisión de las autoridades públicas o cuando lo autorice el Derecho de la Unión o de los Estados miembros que establezca garantías adecuadas para los derechos y libertades de los interesados.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Un ayuntamiento pide en la inscripción de un curso de natación la profesión y el estado civil de cada alumno, datos que no necesita para el curso. Según el RGPD, ¿qué principio relativo al tratamiento contraría?

  • Limitación de la finalidad
  • Exactitud
  • Minimización de datos
  • Integridad y confidencialidad

Los datos tienen que ser adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario para los fines del tratamiento: pedir la profesión o el estado civil para un curso de natación recoge más de lo que el fin exige, y eso es lo que veta la minimización. La limitación de la finalidad no falla aquí: el fin (gestionar el curso) es determinado y legítimo; lo que sobra son los datos, no el fin. Que sean exactos o estén seguros tampoco arregla haberlos pedido sin necesidad.

adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados («minimización de datos»)
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, ¿en qué caso pueden conservarse los datos personales durante más tiempo del necesario para los fines del tratamiento?

  • Cuando el responsable sea una autoridad pública en el ejercicio de sus funciones
  • Cuando el interesado no haya pedido su supresión en el plazo de un año desde su recogida
  • Cuando se hayan recogido con el consentimiento explícito del interesado para ese fin
  • Cuando se traten solo con fines de archivo en interés público, de investigación o estadísticos

La regla de la limitación del plazo de conservación es no mantener los datos identificables más tiempo del necesario. La salvedad es una sola: períodos más largos cuando se traten exclusivamente con fines de archivo en interés público, de investigación científica o histórica o estadísticos, conforme al artículo 89.1 y con las medidas técnicas y organizativas apropiadas. Ni ser autoridad pública, ni el silencio del interesado, ni su consentimiento alargan la conservación.

los datos personales podrán conservarse durante períodos más largos siempre que se traten exclusivamente con fines de archivo en interés público, fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, ¿cómo tienen que ser los datos personales en virtud del principio de exactitud?

  • Exactos y, si fuera necesario, actualizados
  • Exactos y actualizados en todo caso
  • Exactos según los declare el interesado
  • Exactos y revisados una vez al año

El principio de exactitud pide datos exactos y actualizados solo si fuera necesario: la actualización depende de los fines del tratamiento, no es una obligación de revisarlos siempre o cada cierto tiempo. Tampoco se cumple dando por bueno lo que declare el interesado: la iniciativa de corregir lo inexacto es del responsable.

exactos y, si fuera necesario, actualizados
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, ¿a qué tratamiento no se aplica la condición de licitud basada en los intereses legítimos perseguidos por el responsable o por un tercero?

  • Al que realizan las autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones
  • Al que afecta a los datos personales de un niño, cualquiera que sea su edad
  • Al que lleva a cabo un encargado por cuenta del responsable
  • Al que se realiza con fines de mercadotecnia directa dirigida a clientes

El párrafo segundo del artículo 6.1 excluye expresamente la letra f) para las autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones: su tratamiento tiene que apoyarse en otra base, como la misión de interés público o el ejercicio de poderes públicos. Los datos de un niño no excluyen el interés legítimo: son un elemento que pesa en la ponderación («en particular cuando el interesado sea un niño»), no una prohibición.

Lo dispuesto en la letra f) del párrafo primero no será de aplicación al tratamiento realizado por las autoridades públicas en el ejercicio de sus funciones.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, si el consentimiento se pide en una declaración escrita que también trata otros asuntos, ¿qué ocurre con la parte de la declaración que constituya infracción del Reglamento?

  • Invalida la declaración entera
  • Solo deja de vincular si se reclama
  • No es vinculante esa parte
  • Vincula hasta que se retire el consentimiento

La solicitud de consentimiento tiene que distinguirse claramente de los demás asuntos, de forma inteligible y con un lenguaje claro y sencillo, y la parte que infrinja el Reglamento no es vinculante. La consecuencia recae sobre esa parte, no sobre la declaración entera, y no depende de que el interesado reclame ni de que retire su consentimiento.

No será vinculante ninguna parte de la declaración que constituya infracción del presente Reglamento.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, ¿cuál de estos datos NO está entre las categorías especiales cuyo tratamiento prohíbe con carácter general su artículo 9.1?

  • Los datos genéticos
  • Los relativos a la vida sexual
  • Los que revelen la afiliación sindical
  • Los relativos a condenas penales

La lista del artículo 9.1 es cerrada: origen étnico o racial, opiniones políticas, convicciones religiosas o filosóficas, afiliación sindical, datos genéticos, biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca, salud y vida u orientación sexual. Los datos de condenas e infracciones penales no forman parte de ella: tienen su propio régimen en el artículo 10, que no los somete a la prohibición del 9.1 ni a sus excepciones.

Quedan prohibidos el tratamiento de datos personales que revelen el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, y el tratamiento de datos genéticos, datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o la orientación sexual de una persona física.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril

Según el RGPD, el Derecho de la Unión o del Estado miembro que establece la base de un tratamiento fundado en una obligación legal o en una misión de interés público, ¿qué debe cumplir?

  • Tener rango de ley orgánica y contar con un informe de la autoridad de control
  • Contar con el consentimiento de los interesados a los que vaya a aplicarse
  • Un objetivo de interés público, y ser proporcional al fin legítimo perseguido
  • Prever que el responsable designe un delegado de protección de datos

Cuando la base del tratamiento es una obligación legal o una misión de interés público, la establece el Derecho de la Unión o el del Estado miembro, y ese Derecho tiene que cumplir un objetivo de interés público y ser proporcional al fin legítimo perseguido. El Reglamento no exige un rango normativo concreto ni un informe de la autoridad de control, y pedir el consentimiento de los afectados sería cambiar de base de licitud.

El Derecho de la Unión o de los Estados miembros cumplirá un objetivo de interés público y será proporcional al fin legítimo perseguido.
Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril