Según la Orden de 30 de julio de 1992 sobre confección de nóminas, un funcionario pasa del servicio activo a excedencia forzosa por supresión de su puesto y sigue en nómina con una retribución parcial. ¿Cómo se clasifica esa variación?
- Como una disminución transitoria
- Como una disminución definitiva
- Como una modificación por previsible baja
- Como una modificación no prevista expresamente
El pase del servicio activo a una situación parcialmente retribuida es el primer supuesto de las disminuciones definitivas (punto 4.2.1.1), y la Orden pone como ejemplo la excedencia forzosa por supresión del puesto: el perceptor no sale de la nómina, pero cobra menos y así va a seguir. Sería transitoria si no persistiera, como la huelga; y la modificación por previsible baja es la del perceptor que va a desaparecer de la nómina del mes siguiente.
4.2.1 Disminuciones definitivas. 4.2.1.1 Por pase del servicio activo u otras situaciones administrativas parcialmente retribuidas: a) Pase a excedencia forzosa por supresión del puesto de trabajo o alteración de su contenido