Según el artículo 15.2 del RD 4/2010, ¿con quién se sincronizan la fecha y la hora de los sistemas que intervienen en un servicio público por vía electrónica?
- Con el Centro Español de Metrología
- Con el Real Instituto y Observatorio de la Armada
- Con la Agencia Estatal de Administración Digital
- Con la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
El art. 15.2 nombra al Real Instituto porque su laboratorio es el depositario del patrón nacional de Tiempo y, cuando sea posible, añade la hora oficial a nivel europeo. El Centro Español de Metrología tienta porque sale en la misma frase, pero solo como aquel al que ese laboratorio está asociado. Ninguna de las dos agencias aparece en esta norma.
La sincronización de la fecha y la hora se realizará con el Real Instituto y Observatorio de la Armada