Al evacuar el traslado de calificación, el procesado se conforma con los hechos, con su calificación y con la pena, pero no con la indemnización que se le pide. Según la LECrim, ¿qué ocurre con el juicio?
- Se limita a la prueba y discusión de los puntos de la responsabilidad civil
- Se celebra entero, porque la conformidad tiene que ser absoluta
- No se celebra: la responsabilidad civil queda para el proceso civil
- No se celebra: el tribunal fija la indemnización oídas las partes
El art. 655.4 recoge el caso de la discrepancia solo civil: el juicio no desaparece ni se celebra entero, sino que se limita a la prueba y discusión de la responsabilidad civil. Tienta pensar que la conformidad tiene que ser total para valer, pero la ley aprovecha la parte conformada; y la acción civil no se manda a otro proceso.
Cuando el procesado o procesados disintiesen únicamente respecto de la responsabilidad civil, se limitará el juicio a la prueba y discusión de los puntos relativos a dicha responsabilidad.