Según la LECrim, cuando en la instrucción del sumario aparece indicada la responsabilidad civil de un tercero, ¿a instancia de quién le exige fianza el juez?
- De oficio, sin que nadie lo pida
- A instancia del procesado
- A instancia del actor civil
- A instancia del acusador popular
El art. 615 hace depender la fianza del tercero de la petición del actor civil, que es quien reclama la restitución, la reparación o la indemnización. El juez no la exige de oficio, el procesado no la pide y el acusador popular solo ejerce la acción penal. Si el tercero no presta la fianza, el letrado de la Administración de Justicia embarga sus bienes con las reglas del título IX.
el Juez, a instancia del actor civil, exigirá fianza a la persona contra quien resulte la responsabilidad