Según la Ley 4/2023, ¿cómo pueden actualizarse las cuantías de sus sanciones?
- Por orden ministerial, según la evolución del IPC
- Por real decreto del Gobierno, según el salario mínimo interprofesional
- Por orden ministerial, según el salario mínimo interprofesional
- Por real decreto del Gobierno, según la evolución del IPC
La disposición adicional primera permite al Gobierno actualizarlas periódicamente mediante real decreto, a propuesta del ministerio competente en igualdad, teniendo en cuenta la evolución del Índice de Precios de Consumo. No basta una orden ministerial, y el índice de referencia no es el salario mínimo.
Las cuantías de las sanciones podrán ser actualizadas periódicamente por el Gobierno mediante real decreto, a propuesta del Ministerio de Igualdad, teniendo en cuenta la evolución del Índice de Precios de Consumo.