Según la LOPJ, ¿para qué recursos hay que consignar el depósito para recurrir?
- Solo para los que se dirijan contra resoluciones definitivas
- Solo para los que deban tramitarse por escrito
- Solo para los que resuelva un tribunal
- Solo para los que se interpongan contra resoluciones del juez
El depósito solo se consigna para los recursos que deben tramitarse por escrito. No depende de que la resolución sea definitiva: la ley también lo exige para recurrir resoluciones que no ponen fin al proceso ni impiden su continuación. Tampoco de quién resuelva el recurso ni de que la resolución sea del juez, porque también se exige al recurrir en reposición o en revisión las resoluciones del letrado de la Administración de Justicia.
El depósito únicamente deberá consignarse para la interposición de recursos que deban tramitarse por escrito.