Según el art. 437.1 de la LOPJ, ¿qué unidad de la Oficina judicial realiza todas las funciones requeridas para la ordenación del procedimiento?
- El servicio común de tramitación
- El servicio común de ejecución
- El servicio común de registro y reparto
- El servicio común de comunicación
La ley define el servicio común de tramitación precisamente por esa tarea: realizar todas las funciones que requiere la ordenación del procedimiento. La ejecución, el registro y reparto y los actos de comunicación son funciones de otros servicios comunes, los que el Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas pueden crear además del de tramitación (art. 438).
se entiende por servicio común de tramitación aquella unidad de la Oficina judicial que realiza todas las funciones requeridas para la ordenación del procedimiento.