Dos funcionarios del mismo centro de destino quieren hacer una sustitución y los dos reúnen los requisitos del puesto. Según el RD 1451/2005, ¿cuál tiene preferencia?
- El que tenga más antigüedad en el cuerpo
- El que lleve más tiempo de servicios en el centro de destino
- El que proponga el responsable del centro de destino donde está el puesto
- El que primero lo haya solicitado por escrito
El art. 74.4 prefiere, primero, al funcionario del mismo centro de destino; entre varios interesados que reúnan los requisitos, al que tenga más tiempo de servicios prestados en el centro (atendiendo, en su caso, al orden jurisdiccional), y solo si hay empate, al de mayor antigüedad en el cuerpo. La antigüedad en el cuerpo es el desempate, no el primer criterio.
Si hubiera más de un funcionario interesado que reuniera los requisitos establecidos para el desempeño del puesto, tendrá preferencia el que tenga mayor tiempo de servicios prestados en el centro de destino