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El espacio de libertad, seguridad y justicia: fronteras, asilo, inmigración y cooperación judicial

18 preguntas · en 2 colecciones

Del título V de la tercera parte del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, los capítulos 1 a 4 (artículos 67 a 86): sus disposiciones generales —quién fija las orientaciones, el comité permanente de seguridad interior, el orden público y la seguridad interior de los Estados y quién puede proponer—; las fronteras, el asilo y la inmigración; la cooperación judicial en materia civil, y la cooperación judicial en materia penal —las normas mínimas, los ámbitos delictivos de especial gravedad, la prevención de la delincuencia, Eurojust y la Fiscalía Europea—.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta.

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en la política de asilo, ¿qué situación permite al Consejo adoptar medidas provisionales en beneficio de los Estados miembros afectados?

  • Más solicitudes de asilo que la media de los Estados miembros
  • La afluencia repentina de nacionales de terceros países
  • La falta de acuerdos de readmisión con los países de origen
  • Un aumento sostenido de las estancias irregulares en su territorio

El artículo 78.3 prevé la respuesta a una situación de emergencia caracterizada por la afluencia repentina de nacionales de terceros países: el Consejo, a propuesta de la Comisión, puede adoptar medidas provisionales en beneficio de los Estados afectados. Lo que activa el mecanismo es lo repentino de la llegada; el Tratado no lo ata a una media de solicitudes, a los acuerdos de readmisión ni a las estancias irregulares.

Si uno o varios Estados miembros se enfrentan a una situación de emergencia caracterizada por la afluencia repentina de nacionales de terceros países, el Consejo podrá adoptar, a propuesta de la Comisión, medidas provisionales en beneficio de los Estados miembros afectados.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿ante quién ejerce la Fiscalía Europea la acción penal?

  • Ante el Tribunal de Justicia de la Unión, en única instancia
  • Ante los órganos jurisdiccionales competentes de los Estados
  • Ante un tribunal especializado adjunto al Tribunal General
  • Ante el órgano jurisdiccional nacional que designe el Consejo

El artículo 86.2 encarga a la Fiscalía Europea descubrir a los autores y cómplices, incoar el procedimiento penal y pedir la apertura de juicio, y dice ante quién ejerce la acción penal: ante los órganos jurisdiccionales competentes de los Estados miembros. El Tratado no la lleva ante el Tribunal de Justicia ni ante un tribunal adjunto al Tribunal General, y no deja al Consejo elegir el tribunal.

La Fiscalía Europea, en su caso en colaboración con Europol, será competente para descubrir a los autores y cómplices de infracciones que perjudiquen a los intereses financieros de la Unión definidos en el reglamento contemplado en el apartado 1, y para incoar un procedimiento penal y solicitar la apertura de juicio contra ellos. Ejercerá ante los órganos jurisdiccionales competentes de los Estados miembros la acción penal relativa a dichas infracciones.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, las disposiciones del espacio de libertad, seguridad y justicia se entienden sin perjuicio de unas responsabilidades que incumben a los Estados miembros. ¿Cuáles?

  • La política común de asilo, inmigración y control de las fronteras exteriores
  • El mantenimiento del orden público y la salvaguardia de la seguridad interior
  • La lucha contra la trata de seres humanos y contra la inmigración ilegal
  • El reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales en materia penal

El artículo 72 deja a salvo lo que sigue siendo responsabilidad de cada Estado: el mantenimiento del orden público y la salvaguardia de la seguridad interior. Las otras tres son, justo al revés, tareas que el propio título encarga a la Unión: la política común de asilo, inmigración y fronteras exteriores (art. 67.2), la lucha contra la trata y la inmigración ilegal (art. 79.1) y el reconocimiento mutuo de las resoluciones penales (art. 82.1).

El presente título se entenderá sin perjuicio del ejercicio de las responsabilidades que incumben a los Estados miembros en cuanto al mantenimiento del orden público y la salvaguardia de la seguridad interior.
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Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo pueden establecer medidas que impulsen y apoyen la actuación de los Estados miembros en la prevención de la delincuencia. ¿Con qué límite?

  • Que la delincuencia tenga una dimensión transfronteriza
  • Que no armonicen las legislaciones de los Estados miembros
  • Que se limiten a fijar normas mínimas mediante directivas
  • Que no se financien con cargo al presupuesto de la Unión

El artículo 84 permite medidas que impulsen y apoyen la actuación de los Estados en la prevención de la delincuencia, pero «con exclusión de toda armonización» de sus disposiciones legales y reglamentarias. No caben aquí normas mínimas comunes, que el Tratado prevé para otras cosas, como la definición de ciertas infracciones y de sus sanciones; y el artículo no exige una dimensión transfronteriza ni dice nada de quién las financia.

El Parlamento Europeo y el Consejo podrán establecer, con arreglo al procedimiento legislativo ordinario, medidas que impulsen y apoyen la actuación de los Estados miembros en el ámbito de la prevención de la delincuencia, con exclusión de toda armonización de las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Consejo puede crear una Fiscalía Europea mediante reglamentos que adopta por unanimidad, con un procedimiento legislativo especial. ¿Qué intervención exige además el Tratado?

  • La consulta al Parlamento Europeo
  • La aprobación del Tribunal de Justicia
  • La consulta al Tribunal de Justicia
  • La aprobación del Parlamento Europeo

El artículo 86.1 junta dos exigencias: el Consejo se pronuncia por unanimidad y previa aprobación del Parlamento Europeo. No basta con consultarle; sin su aprobación, el reglamento no se adopta. El Tribunal de Justicia no interviene en su adopción, ni aprobándolo ni con una consulta.

el Consejo podrá crear, mediante reglamentos adoptados con arreglo a un procedimiento legislativo especial, una Fiscalía Europea a partir de Eurojust. El Consejo se pronunciará por unanimidad, previa aprobación del Parlamento Europeo.
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En una investigación penal sobre una red de tráfico de armas que actúa en España y en Italia interviene Eurojust. Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿realiza la propia Eurojust los actos formales de carácter procesal?

  • No, los realizan los funcionarios nacionales competentes
  • Sí, porque es ella quien dirige esa investigación penal
  • No, los realiza Europol, que apoya a Eurojust en ello
  • Sí, cuando el Consejo se lo autoriza para ese asunto

El artículo 85.2 lo dice sin rodeos: en las acciones penales en las que interviene Eurojust, y sin perjuicio de lo que se dispone para la Fiscalía Europea, los actos formales de carácter procesal los llevan a cabo los funcionarios nacionales competentes. No los realiza Eurojust, y tampoco Europol.

En el contexto de las acciones penales contempladas en el apartado 1, y sin perjuicio del artículo 86, los actos formales de carácter procesal serán llevados a cabo por los funcionarios nacionales competentes.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿cuál de estas tareas pueden encomendar a Eurojust los reglamentos que la regulan?

  • Ejecutar las órdenes de detención emitidas por los Estados
  • Dirigir las investigaciones penales en lugar de las autoridades nacionales
  • Juzgar los delitos graves que afecten a dos o más Estados miembros
  • Resolver los conflictos de jurisdicción entre los Estados miembros

El artículo 85.1 permite que sus reglamentos encarguen a Eurojust, entre otras tareas, intensificar la cooperación judicial, también resolviendo conflictos de jurisdicción. No juzga ni dirige las investigaciones, y la ejecución de las órdenes de detención no figura entre esas tareas.

A tal fin, el Parlamento Europeo y el Consejo determinarán, mediante reglamentos adoptados con arreglo al procedimiento legislativo ordinario, la estructura, el funcionamiento, el ámbito de actuación y las competencias de Eurojust. Estas competencias podrán incluir: a) el inicio de diligencias de investigación penal, así como la propuesta de incoación de procedimientos penales por las autoridades nacionales competentes, en particular los relativos a infracciones que perjudiquen a los intereses financieros de la Unión; b) la coordinación de las investigaciones y los procedimientos mencionados en la letra a); c) la intensificación de la cooperación judicial, entre otras cosas mediante la resolución de conflictos de jurisdicción y una estrecha cooperación con la Red Judicial Europea.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿a partir de qué puede el Consejo crear una Fiscalía Europea?

  • A partir de Europol
  • A partir de la OLAF
  • A partir de Eurojust
  • A partir de la Comisión

El artículo 86.1 permite al Consejo crear, mediante reglamentos adoptados con un procedimiento legislativo especial, una Fiscalía Europea «a partir de Eurojust». No la hace nacer de Europol ni de una institución como la Comisión, y la OLAF no aparece en ese artículo.

el Consejo podrá crear, mediante reglamentos adoptados con arreglo a un procedimiento legislativo especial, una Fiscalía Europea a partir de Eurojust.
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Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, las medidas de la cooperación judicial en asuntos civiles las adoptan, por regla general, el Parlamento Europeo y el Consejo con el procedimiento legislativo ordinario. ¿Cuáles se apartan de esa regla?

  • Las de notificación transfronteriza de documentos judiciales
  • Las del Derecho de familia con repercusión transfronteriza
  • Las de cooperación entre los Estados en la obtención de pruebas
  • Las de desarrollo de métodos alternativos de resolución de litigios

El artículo 81.2 enumera lo que el Parlamento Europeo y el Consejo regulan con el procedimiento legislativo ordinario —entre otras cosas, la notificación y el traslado transfronterizos de documentos, la obtención de pruebas y los métodos alternativos de resolución de litigios—, y el 81.3 saca de ahí el Derecho de familia con repercusión transfronteriza: lo establece el Consejo, por unanimidad, con un procedimiento legislativo especial.

No obstante lo dispuesto en el apartado 2, las medidas relativas al Derecho de familia con repercusión transfronteriza se establecerán por el Consejo, con arreglo a un procedimiento legislativo especial.
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Se tramita una directiva sobre la definición de ciertas infracciones penales y de sus sanciones, y un miembro del Consejo considera que el proyecto afecta a aspectos fundamentales de su sistema de justicia penal. Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿qué puede hacer?

  • Pedir que se remita al Consejo Europeo, lo que suspende el procedimiento
  • Pedir que se remita al Consejo Europeo, sin que se suspenda el procedimiento
  • Pedir un dictamen al Tribunal de Justicia, lo que suspende el procedimiento
  • Pedir un dictamen al Tribunal de Justicia, sin que se suspenda el procedimiento

El artículo 83.3 da a cada miembro del Consejo esta salida cuando un proyecto de directiva de los apartados 1 o 2 toca aspectos fundamentales de su sistema de justicia penal: pedir que el asunto se remita al Consejo Europeo, y en ese caso el procedimiento legislativo ordinario queda suspendido. Si el Consejo Europeo alcanza un consenso, devuelve el proyecto al Consejo en el plazo de cuatro meses y la suspensión termina. El Tribunal de Justicia no interviene en ese trámite. El artículo 82.3 prevé lo mismo para las directivas sobre el procedimiento penal.

Cuando un miembro del Consejo considere que un proyecto de directiva contemplada en los apartados 1 ó 2 afecta a aspectos fundamentales de su sistema de justicia penal, podrá solicitar que el asunto se remita al Consejo Europeo, en cuyo caso quedará suspendido el procedimiento legislativo ordinario.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿cómo se trata a los apátridas a efectos de las disposiciones del espacio de libertad, seguridad y justicia?

  • Se asimilan a los nacionales de terceros países
  • Se asimilan a los ciudadanos de la Unión
  • Se rigen por el Derecho del Estado en que residan
  • Quedan fuera del ámbito de esas disposiciones

El artículo 67.2, después de anunciar una política común de asilo, inmigración y control de las fronteras exteriores que sea equitativa respecto de los nacionales de terceros países, añade que, a efectos de ese título, los apátridas se asimilan a ellos. No quedan fuera del título ni se remiten al Derecho del Estado en que residen, y tampoco se equiparan a los ciudadanos de la Unión.

A efectos del presente título, los apátridas se asimilarán a los nacionales de terceros países.
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Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿quién define las orientaciones estratégicas de la programación legislativa y operativa en el espacio de libertad, seguridad y justicia?

  • El Consejo
  • La Comisión
  • El Parlamento Europeo
  • El Consejo Europeo

El artículo 68 encarga al Consejo Europeo definir las orientaciones estratégicas de la programación legislativa y operativa de todo ese espacio. Es fácil confundirlo con el Consejo, que tiene casi el mismo nombre y adopta, junto con el Parlamento Europeo, buena parte de los actos que desarrollan esas orientaciones; y la Comisión propone actos, pero no fija la estrategia.

El Consejo Europeo definirá las orientaciones estratégicas de la programación legislativa y operativa en el espacio de libertad, seguridad y justicia.
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Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, los actos de la cooperación judicial en materia penal y de la cooperación policial se adoptan a propuesta de la Comisión o por iniciativa de un grupo de Estados miembros. ¿Qué parte de los Estados ha de tomarla?

  • La sexta parte de los Estados miembros
  • La quinta parte de los Estados miembros
  • La cuarta parte de los Estados miembros
  • Un tercio de los Estados miembros

El artículo 76 da dos vías para estos actos: la propuesta de la Comisión o la iniciativa de la cuarta parte de los Estados miembros. Vale para la cooperación judicial en materia penal y para la policial, y para las medidas de cooperación administrativa en esos ámbitos; la cooperación judicial civil, el asilo y la inmigración no tienen esa segunda vía. No hace falta un tercio de los Estados, y una quinta o una sexta parte no bastan.

Los actos contemplados en los capítulos 4 y 5, así como las medidas mencionadas en el artículo 74 que garanticen la cooperación administrativa en los ámbitos a que se refieren esos capítulos, se adoptarán: a) a propuesta de la Comisión, o b) por iniciativa de la cuarta parte de los Estados miembros.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo pueden establecer normas mínimas sobre la definición de las infracciones penales y de las sanciones en ciertos ámbitos delictivos de especial gravedad y dimensión transfronteriza. ¿Cuál de estos ámbitos enumera el Tratado?

  • El tráfico de bienes culturales
  • La sustracción de vehículos de motor
  • El amaño de competiciones deportivas
  • La falsificación de medios de pago

La lista del artículo 83.1 es esta: el terrorismo, la trata de seres humanos y la explotación sexual de mujeres y niños, el tráfico ilícito de drogas, el tráfico ilícito de armas, el blanqueo de capitales, la corrupción, la falsificación de medios de pago, la delincuencia informática y la delincuencia organizada. El tráfico de bienes culturales, la sustracción de vehículos y el amaño de competiciones no están en ella; el Consejo puede añadir por decisión otros ámbitos que cumplan los mismos criterios. La Decisión (UE) 2022/2332 añadió después la violación de las medidas restrictivas de la Unión.

Estos ámbitos delictivos son los siguientes: el terrorismo, la trata de seres humanos y la explotación sexual de mujeres y niños, el tráfico ilícito de drogas, el tráfico ilícito de armas, el blanqueo de capitales, la corrupción, la falsificación de medios de pago, la delincuencia informática y la delincuencia organizada.
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Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, se crea un comité permanente para fomentar e intensificar dentro de la Unión la cooperación operativa en materia de seguridad interior. ¿Dónde se crea?

  • En la Comisión
  • En Europol
  • En el Consejo
  • En Eurojust

El comité permanente del artículo 71 se crea «en el Consejo», y su tarea es propiciar la coordinación de la actuación de las autoridades competentes de los Estados miembros en la seguridad interior. Europol y Eurojust no lo albergan: como organismos de la Unión afectados, sus representantes pueden participar en sus trabajos. Del resultado se mantiene informados al Parlamento Europeo y a los Parlamentos nacionales.

Se creará un comité permanente en el Consejo con objeto de garantizar dentro de la Unión el fomento y la intensificación de la cooperación operativa en materia de seguridad interior.
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Un Estado miembro quiere fijar cuántos nacionales de terceros países, procedentes de terceros países, admite en su territorio para buscar trabajo por cuenta ajena o propia. Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿puede hacerlo?

  • Sí, porque el Consejo le delega esa facultad en cada caso
  • No, porque lo fija la Unión en su política común de inmigración
  • No, porque lo fijan el Parlamento Europeo y el Consejo
  • Sí, porque la política de inmigración no afecta a ese derecho

La política común de inmigración del artículo 79 tiene un límite expreso en su apartado 5: no afecta al derecho de los Estados miembros a establecer volúmenes de admisión de nacionales de terceros países que vienen de terceros países a buscar trabajo, por cuenta ajena o propia. Es un derecho del propio Estado, no una facultad que le delegue el Consejo, y las medidas que adoptan el Parlamento Europeo y el Consejo sobre la entrada y la residencia no lo sustituyen.

El presente artículo no afectará al derecho de los Estados miembros a establecer volúmenes de admisión en su territorio de nacionales de terceros países procedentes de terceros países con el fin de buscar trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
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Una directiva de la Unión fija normas mínimas sobre los derechos de las personas durante el procedimiento penal. Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿puede un Estado miembro proteger más a esas personas?

  • No, porque las normas mínimas fijan un nivel uniforme
  • Sí, si antes lo autoriza el Consejo por unanimidad
  • Sí, porque puede mantener o instaurar un nivel más elevado
  • No, salvo que la propia directiva lo prevea de forma expresa

El artículo 82.2 permite al Parlamento Europeo y al Consejo fijar, mediante directivas, normas mínimas sobre la admisibilidad mutua de pruebas, los derechos de las personas durante el procedimiento penal y los de las víctimas. Son un suelo, no un techo: el propio apartado dice que no impiden a los Estados mantener o instaurar un nivel más elevado de protección, sin que haga falta una autorización ni que la directiva lo diga.

La adopción de las normas mínimas contempladas en el presente apartado no impedirá que los Estados miembros mantengan o instauren un nivel más elevado de protección de las personas.
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Según el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ¿a quién corresponde la delimitación geográfica de las fronteras de los Estados miembros?

  • A cada Estado, de conformidad con el Derecho internacional
  • A cada Estado, con arreglo a lo que acuerde el Consejo
  • A la Unión, de conformidad con el Derecho internacional
  • A la Unión, con arreglo a lo que acuerde el Consejo

La política de fronteras que desarrolla la Unión en el artículo 77 no toca el trazado de las fronteras: su apartado 4 deja a salvo la competencia de los Estados miembros sobre la delimitación geográfica de sus fronteras, de conformidad con el Derecho internacional. No es de la Unión, y el Consejo no tiene nada que acordar sobre ella.

El presente artículo no afectará a la competencia de los Estados miembros respecto de la delimitación geográfica de sus fronteras, de conformidad con el Derecho internacional.
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