Según la Ley 7/1985, ¿quién ejerce el control de legalidad de los acuerdos y actos de las entidades locales?
- La Delegación del Gobierno en la Comunidad
- El Gobierno de la Comunidad Autónoma
- El Ministerio competente en régimen local
- Los Tribunales
Lo dice el art. 6.2: «Los Tribunales ejercen el control de legalidad». Es la consecuencia de la autonomía local: ni la Administración del Estado ni la autonómica pueden anular por sí un acto local como un superior anula el de un inferior; si lo consideran ilegal, han de acudir a los Tribunales.
Los Tribunales ejercen el control de legalidad de los acuerdos y actos de las entidades locales.