Según el Real Decreto 366/2007, ¿cómo se determinan las oficinas de atención al ciudadano que han de ajustarse a sus condiciones de accesibilidad?
- Por orden de cada departamento, que la comunica de forma reservada a sus oficinas
- Por resolución, previa consulta con los departamentos afectados, con una relación pública
- Por real decreto del Consejo de Ministros, previo informe de cada comunidad autónoma
- Por decisión de cada delegación del Gobierno para las oficinas de su territorio
El art. 3 encarga la determinación a la AGE mediante una resolución dictada previa consulta con los departamentos ministeriales afectados, y añade que se hará pública una relación de esas oficinas, permanentemente actualizada y a disposición pública. Lo que distingue la clave es esa doble condición —consulta previa y relación pública—; una lista reservada o una decisión territorial no encajan. El órgano que el artículo nombra lleva su denominación de 2007, y por eso la pregunta no se fija en él sino en el procedimiento.
mediante Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, previa consulta con los Departamentos Ministeriales afectados, determinará las Oficinas que habrán de ajustarse a las condiciones de accesibilidad previstas en este real decreto y hará pública una relación de las mismas que estará, permanentemente actualizada, a disposición pública