Según el Real Decreto-ley 6/2023, para ascender al tramo superior de la carrera horizontal, ¿qué periodo mínimo de servicios efectivos se exige en el caso del primer tramo y en los siguientes?
- Tres años el primero y cuatro los siguientes
- Cuatro años el primero y cinco los siguientes
- Cinco años en cada uno de los tramos
- Cinco años el primero y seis los siguientes
El art. 122.2.c) dispone que los ascensos sean consecutivos y exige un periodo mínimo de cinco años de servicios efectivos para el primer tramo y de seis para los siguientes. El distractor tentador es el de cinco años en cada tramo, que acierta la cifra del primer tramo y supone un periodo uniforme: el real decreto-ley alarga el de los tramos posteriores.
un periodo mínimo de cinco años de servicios efectivos en el caso del primer tramo y de seis años en los siguientes.