¿Qué hace el Defensor del Pueblo, en último término, con una recomendación que la Administración desatiende sin justificarlo adecuadamente?
- La recoge en su informe, sin identificar a los responsables
- La recoge en su informe, con los nombres de los responsables
- La eleva al Presidente del Gobierno, con los nombres de los responsables
- La eleva al Presidente del Gobierno, sin identificar a los responsables
Si tampoco obtiene una justificación adecuada, incluye el asunto en su informe anual o especial, con mención de los nombres de las autoridades o funcionarios que hayan adoptado esa actitud (art. 30.2). La reserva de datos personales del art. 33.2 protege a los interesados en el procedimiento investigador, no a quien desatiende la recomendación. Y el último paso es el informe, no el Presidente del Gobierno.
Si tampoco obtuviera una justificación adecuada, incluirá tal asunto en su informe anual o especial con mención de los nombres de las autoridades o funcionarios que hayan adoptado tal actitud