El CGPJ quiere especializar varias plazas judiciales del mismo orden jurisdiccional en Tribunales de Instancia de la misma provincia, pero de distintos partidos judiciales. ¿Puede hacerlo, según la LOPJ?
- No; la especialización exige que las plazas estén en el mismo partido
- Sí, pero solo si los partidos judiciales son limítrofes entre sí
- Sí, pero previa delimitación del ámbito de competencia territorial
- Sí, pero solo con la conformidad de quienes ocupan las plazas
El art. 96.3 admite especializar plazas de la misma provincia y del mismo orden «estén o no en el mismo partido judicial»; si no lo están, exige delimitar antes el ámbito de competencia territorial, y quienes las ocupen conocerán de los asuntos asignados aunque su conocimiento inicial estuviera atribuido a Secciones de otro partido. No pide que los partidos sean limítrofes ni la conformidad de quienes ocupan las plazas.
estén o no en el mismo partido judicial y, si no lo estuvieran, previa delimitación del ámbito de competencia territorial