Un ministerio prepara cuatro contratos. Según la Ley 9/2017, ¿cuál de ellos puede tramitarse como contrato menor, a la vista de su valor estimado?
- Uno de servicios de limpieza, con un valor estimado de 18.000 euros
- Uno de obras de reforma, con un valor estimado de 36.000 euros
- Uno de suministro de mobiliario, con un valor estimado de 22.000 euros
- Uno de servicios de consultoría, con un valor estimado de 25.000 euros
La ley fija dos líneas según el tipo de contrato: es menor el de obras de valor estimado inferior a 40.000 euros y el de suministro o de servicios inferior a 15.000. La reforma de 36.000 euros queda por debajo de la de obras. Los otros tres pasan de 15.000, que es su límite: el error tentador es aplicar los 40.000 de las obras a cualquier contrato.
Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios