Un hombre comete un delito contra la libertad sexual del título VIII del libro II del Código Penal contra una mujer adulta con la que no tiene ni ha tenido relación alguna. Si el Tribunal de Instancia del partido tiene Sección de Violencia sobre la Mujer, ¿qué Sección instruye la causa?
- La Sección de Instrucción
- La Sección de lo Penal
- La Sección de Violencia sobre la Mujer
- La Sección de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia
La violencia sexual contra una mujer va a la Sección de Violencia sobre la Mujer aunque el autor no tenga ni haya tenido relación con ella: el art. 89.5.h) solo exige que la persona ofendida sea mujer. Es lo que distingue esta letra de la a), que pide esa relación. La Sección de Instrucción queda fuera porque el art. 88.1.a) excluye lo que es competencia de las Secciones de violencia; la de lo Penal enjuicia, no instruye; y la víctima no es menor.
h) De la instrucción de los procesos para exigir responsabilidad penal por los delitos contra la libertad sexual previstos en el título VIII del libro II del Código Penal, por los delitos de mutilación genital femenina, matrimonio forzado, acoso con connotación sexual y la trata con fines de explotación sexual cuando la persona ofendida por el delito sea mujer.