Según la LOPJ, ¿en qué ámbito se celebra el juicio del Jurado, en la forma que establezca la ley?
- Solo en el de la Audiencia Provincial
- Solo en el de las Secciones de lo Penal
- En el de la Audiencia Provincial u otros Tribunales
- En el de las Secciones de lo Penal u otros Tribunales
El art. 83.1 sitúa el juicio del Jurado en el ámbito de la Audiencia Provincial «u otros Tribunales»: la Audiencia es el órgano que nombra, pero no el único, y por eso «solo» es falso. Las Secciones de lo Penal de los Tribunales de Instancia no son el órgano que nombra este artículo.
El juicio del Jurado se celebrará en el ámbito de la Audiencia Provincial u otros Tribunales y en la forma que establezca la ley.