Según el art. 6.6 de la Ley 15/2022, ¿a quién protege la prohibición de represalias?
- Solo a quien reclamó contra la discriminación que él mismo sufre
- A quien presentó la queja y a quien interviene, participa o colabora en el procedimiento
- A quien colabora en el procedimiento como testigo, pero no a la persona que lo promovió
- A quien presentó la queja, a partir del momento en que la discriminación se declara probada
La ley protege a quien promueve el procedimiento y también a quien solo interviene, participa o colabora en él, sea una persona o el grupo en que se integra. La primera opción es la indemnidad de la LO 3/2007 (art. 9), que protege a quien reclama por su propia discriminación.
A los efectos de esta ley se entiende por represalia cualquier trato adverso o consecuencia negativa que pueda sufrir una persona o grupo en que se integra por intervenir, participar o colaborar en un procedimiento administrativo o proceso judicial destinado a impedir o hacer cesar una situación discriminatoria, o por haber presentado una queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso