Según el principio de neutralidad tecnológica del Reglamento del Real Decreto 203/2021, ¿qué estándares utilizará el sector público?
- Los abiertos y, de forma complementaria, los de uso generalizado
- Los de uso generalizado y, de forma complementaria, los abiertos
- Los abiertos y, de forma complementaria, los que fije cada Administración
- Los de uso generalizado y, de forma complementaria, los que fije cada Administración
El artículo 2.a) pone primero los estándares abiertos y deja los de uso generalizado como complemento, «en su caso». Invertir el orden es el error tentador: lo generalizado no es la regla, sino lo que se añade. Y unos estándares propios de cada Administración irían contra lo que el principio busca, la independencia en la elección de la tecnología.
A estos efectos, el sector público utilizará estándares abiertos, así como, en su caso y de forma complementaria, estándares que sean de uso generalizado.