Según la disposición transitoria 4.ª del TREBEP, en los procesos de consolidación de empleo, ¿con qué debe guardar relación el contenido de las pruebas?
- Con el temario general del cuerpo o escala
- Con los méritos valorados en la fase de concurso
- Con las tareas habituales de los puestos convocados
- Con la experiencia acreditada de cada aspirante
La DT 4.ª.3 pide que el contenido de las pruebas guarde relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria. Los servicios prestados y la experiencia son lo que puede valorarse en la fase de concurso, no aquello con lo que se miden las pruebas.
El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria.