Según el último párrafo del art. 52 del TREBEP, los principios y reglas del capítulo de los deberes y el Código de Conducta informan la interpretación y aplicación de…
- la provisión de los puestos de trabajo
- la negociación colectiva del personal
- el régimen de las situaciones administrativas
- el régimen disciplinario de los empleados públicos
El art. 52 cierra con esa regla: los principios y reglas del Código de Conducta informan la interpretación y aplicación del régimen disciplinario. El artículo no les atribuye ese papel en la provisión de puestos, en la negociación colectiva ni en las situaciones administrativas, que el Estatuto regula en otros capítulos.
Los principios y reglas establecidos en este capítulo informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos.