Respecto de los españoles que se encuentran fuera de España, ¿qué dispone el artículo 68.5?
- Que elijan Diputados en una circunscripción propia
- Que voten a través de los consulados, en todo caso
- Que voten en las elecciones del país donde residen
- Que la ley reconozca y el Estado facilite su sufragio
El 68.5 manda a la ley reconocerlo y al Estado facilitarlo, sin más detalle. Una circunscripción exterior propia no la prevé: la del Congreso es la provincia (68.2).
La ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España.