Una Administración declara la nulidad de una disposición administrativa por el artículo 106. ¿Qué dice la ley de los actos firmes que se dictaron en aplicación de esa disposición?
- Que quedan anulados junto con la propia disposición
- Que han de revisarse de oficio uno por uno
- Que subsisten pese a la nulidad de la disposición
- Que quedan en suspenso hasta que se revisen
El 106.4 lo dice expresamente: declarada nula una disposición, «subsistan los actos firmes dictados en aplicación de la misma». La nulidad de la disposición no arrastra por sí sola a esos actos, que ni se anulan con ella ni quedan en suspenso.
sin perjuicio de que, tratándose de una disposición, subsistan los actos firmes dictados en aplicación de la misma.