Según la Ley 15/2022, ¿qué oferta de bienes y servicios, incluida la vivienda, entra en su ámbito de aplicación?
- La que hace el sector público, pero no la de los particulares
- La que se ofrece al público fuera de la vida privada y familiar
- Toda oferta, también la que se hace dentro de la vida privada y familiar
- La que se dirige a consumidores, siempre que medie un precio
El ámbito alcanza el acceso, la oferta y el suministro de bienes y servicios a disposición del público, incluida la vivienda, que se ofrezcan fuera del ámbito de la vida privada y familiar. Da igual que quien los ofrece sea público o privado, y la ley no pide que medie un precio: lo que deja fuera es lo que pertenece a la vida privada y familiar.
Acceso, oferta y suministro de bienes y servicios a disposición del público, incluida la vivienda, que se ofrezcan fuera del ámbito de la vida privada y familiar.