Según el art. 48.1 de la LO 3/2007, ¿qué carácter tienen para la empresa los códigos de buenas prácticas, las campañas informativas o la formación frente al acoso?
- Son obligatorios en toda empresa, con el contenido que fije la ley
- Son medidas que la empresa puede establecer, entre otras posibles
- Son obligatorios solo si los exige la representación de la plantilla
- Los puede imponer la Inspección de Trabajo tras una denuncia
El art. 48.1 obliga a toda empresa a promover condiciones de trabajo que eviten estas conductas; los códigos, las campañas y la formación son ejemplos («tales como») de las medidas que, con esa finalidad, «se podrán establecer». No son un contenido obligatorio fijado por la ley ni dependen de que los pida la representación o los imponga la Inspección.
Con esta finalidad se podrán establecer medidas que deberán negociarse con los representantes de los trabajadores, tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas o acciones de formación.