Una víctima de violencia de género con responsabilidades familiares tiene derecho a la ayuda de pago único, y su hija, que convive con ella, tiene reconocida oficialmente una discapacidad del 40 por 100. ¿Qué importe puede alcanzar la ayuda?
- El de seis meses de subsidio por desempleo
- El de doce meses de subsidio por desempleo
- El de dieciocho meses de subsidio por desempleo
- El de veinticuatro meses de subsidio por desempleo
El art. 27 escalona la ayuda en cuatro celdas: seis meses de subsidio con carácter general; doce si la víctima tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 33 por 100; hasta dieciocho si tiene responsabilidades familiares, y hasta veinticuatro si, además, ella o alguno de los familiares que conviven con ella tiene esa discapacidad. Aquí concurren las responsabilidades familiares y la discapacidad de una conviviente.
En el caso de que la víctima tenga responsabilidades familiares, su importe podrá alcanzar el de un período equivalente al de 18 meses de subsidio, o de 24 meses si la víctima o alguno de los familiares que conviven con ella tiene reconocida oficialmente una minusvalía en grado igual o superior al 33 por 100