¿Ante qué órgano se interpone el recurso extraordinario de revisión y quién lo resuelve?
- Se interpone ante el órgano que dictó el acto y lo resuelve su superior
- Se interpone ante el superior jerárquico, que es también quien lo resuelve
- Se interpone ante el órgano que dictó el acto, que también lo resuelve
- Se interpone ante el Consejo de Estado, que dicta resolución vinculante
El mismo órgano que dictó el acto lo recibe y lo resuelve. No interviene el superior jerárquico, como en la alzada; el Consejo de Estado u órgano consultivo autonómico dictamina, pero no resuelve.
Contra los actos firmes en vía administrativa podrá interponerse el recurso extraordinario de revisión ante el órgano administrativo que los dictó, que también será el competente para su resolución