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Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa 

359 preguntas · 17 bloques

del equipo de Nemoteca

La ley de la jurisdicción contencioso-administrativa de punta a punta —qué asuntos conoce este orden y cuáles no, sus órganos y lo que corresponde a cada uno, las partes, la legitimación y la representación, contra qué actividad de la Administración se puede recurrir y qué se puede pedir, la cuantía, el procedimiento ordinario desde la interposición hasta la sentencia, el abreviado, los recursos de apelación, de casación y de revisión, la ejecución de sentencias, los procedimientos especiales, los plazos, las medidas cautelares y las costas—, con el artículo literal del texto vigente en cada respuesta. Donde la ley todavía dice juzgados de lo contencioso-administrativo y secretarios judiciales, las respuestas usan los nombres de hoy: las Secciones de los Tribunales de Instancia que estrenó la Ley Orgánica 1/2025 y los letrados de la Administración de Justicia.

Así son sus preguntas

Resueltas, y cada una con la cita literal que la justifica, para que compruebes la respuesta por tu cuenta. Ésta es una pequeña muestra de las 359 preguntas que contiene en total.

El procedimiento abreviado

En un abreviado que el actor pidió fallar sin vista, la Administración demandada solicita en plazo, y motivadamente, que la vista se celebre. Según la Ley 29/1998, ¿qué sucede?

  • La vista se celebra siempre, a la sola petición de la demandada
  • Decide el juez si se celebra o no, después de valorar la petición
  • Decide el letrado de la Administración de Justicia si hay vista
  • La vista solo se celebra si el actor no se opone a la petición

El art. 78.3 deja la decisión al juez, que resuelve la solicitud mediante auto. La petición de la demandada no abre la vista por sí sola —era lo que decía la redacción anterior del artículo, que mandaba citar a las partes en cuanto se pedía—, y el letrado de la Administración de Justicia no decide: solo cita a las partes cuando la vista se ha acordado. El actor tampoco tiene un veto.

El juez o la jueza decidirá sobre dicha solicitud mediante auto.
Ley 29/1998, de 13 de julio
Los órganos del orden contencioso-administrativo y sus competencias

Se quiere apelar un auto apelable dictado por la Sección de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Central de Instancia. Según la LJCA, ¿qué órgano conoce de la apelación?

  • La Sección del Tribunal de Instancia
  • La Sala del Tribunal Superior de Justicia
  • La Sala del Tribunal Supremo
  • La Sala de la Audiencia Nacional

El art. 11.2 da a la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional las apelaciones contra los autos y las sentencias de los órganos centrales unipersonales, y los recursos de queja que les corresponden. La ley los llama Juzgados Centrales; desde el 31 de diciembre de 2025 son la Sección del Tribunal Central de Instancia (Ley Orgánica 1/2025). La Sala del Tribunal Superior de Justicia tienta porque también resuelve apelaciones, pero no las de la Sección central; el Supremo no conoce de la apelación.

Conocerá, en segunda instancia, de las apelaciones contra autos y sentencias dictados por los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo y de los correspondientes recursos de queja.
Ley 29/1998, de 13 de julio
Las pretensiones, la acumulación y la cuantía del recurso

Se impugnan directamente solo algunos preceptos de una disposición general. Según la LJCA, ¿en qué caso puede el tribunal extender el enjuiciamiento a otros preceptos de la misma disposición?

  • Cuando los considera nulos de pleno derecho, aunque no guarden relación
  • Cuando lo pide la Administración autora de la disposición al contestar
  • Cuando el acto que originó el pleito se dictó en aplicación de esos otros
  • Cuando lo justifica su conexión con los recurridos o son consecuencia de ellos

El art. 33.3 permite extender el enjuiciamiento a otros preceptos de la misma disposición por razones de conexión o consecuencia con los impugnados, con el mismo trámite que el apartado anterior. No basta con que el tribunal los crea nulos si no guardan esa relación, ni lo decide la petición de la Administración autora; y que un acto los haya aplicado es el terreno del recurso indirecto, no el de esta extensión.

el Tribunal entendiera necesario extender el enjuiciamiento a otros de la misma disposición por razones de conexión o consecuencia con los preceptos recurridos
Ley 29/1998, de 13 de julio

Lo que hay dentro

  • El ámbito del orden contencioso-administrativo 17 preguntas El capítulo I del título I de la Ley 29/1998: de qué pretensiones conoce el orden contencioso-administrativo y qué entiende la ley por Administración pública, qué cuestiones conoce y cuáles quedan fuera, las cuestiones prejudiciales e incidentales y la improrrogabilidad de la jurisdicción.
  • Los órganos del orden contencioso-administrativo y sus competencias 36 preguntas Los capítulos II a V del título I de la Ley 29/1998: los órganos del orden contencioso-administrativo y lo que conoce cada uno —los juzgados, hoy Secciones de los Tribunales de Instancia, los centrales, las Salas de los Tribunales Superiores de Justicia, la de la Audiencia Nacional y la del Tribunal Supremo—, las reglas para decidir la competencia, la competencia territorial, cómo se constituyen y actúan las Salas y el reparto de asuntos.
  • Las partes: capacidad, legitimación, representación y defensa 21 preguntas El título II de la Ley 29/1998: quién tiene capacidad procesal, quién está legitimado para recurrir y quién no puede hacerlo, quién es parte demandada, y cómo se representa y se defiende a cada parte, también a las Administraciones.
  • La actividad administrativa impugnable 15 preguntas El capítulo I del título III de la Ley 29/1998: contra qué se puede interponer el recurso —las disposiciones generales, los actos expresos y presuntos que ponen fin a la vía administrativa, la inactividad y la vía de hecho—, el recurso indirecto contra un reglamento y la cuestión de ilegalidad que provoca, y los actos que no se pueden recurrir.
  • Las pretensiones, la acumulación y la cuantía del recurso 24 preguntas Los capítulos II a IV del título III de la Ley 29/1998: qué se puede pedir frente a cada clase de actividad administrativa, cuándo se acumulan pretensiones y recursos y cuándo se amplía el recurso, y cómo se fija la cuantía, con los asuntos que se tienen por de cuantía indeterminada.
  • Las diligencias preliminares, la interposición y la admisión del recurso 24 preguntas Las secciones 1.ª a 3.ª del capítulo I del título IV de la Ley 29/1998: la declaración de lesividad y el requerimiento previo entre Administraciones, cómo se interpone el recurso y en qué plazos, la reclamación y la remisión del expediente administrativo, el emplazamiento de los demandados y la admisión o la inadmisión del recurso.
  • El procedimiento ordinario: de la demanda a las conclusiones 25 preguntas Las secciones 4.ª a 7.ª del capítulo I del título IV de la Ley 29/1998: la demanda y la contestación, las alegaciones previas, la prueba, y la vista y las conclusiones.
  • La sentencia y los otros modos de terminación del procedimiento 28 preguntas Las secciones 8.ª y 9.ª del capítulo I del título IV de la Ley 29/1998: cuándo se dicta la sentencia, qué puede declarar y cuándo declara inadmisible el recurso, sus efectos y a quién alcanzan, y los otros modos de terminar el procedimiento: el desistimiento, el allanamiento, el reconocimiento de lo pedido en vía administrativa y el acuerdo entre las partes.
  • El procedimiento abreviado 22 preguntas El capítulo II del título IV de la Ley 29/1998: a qué asuntos se aplica, cómo se presenta la demanda, cuándo se resuelve sin vista, cómo se celebra la vista y cómo se dicta la sentencia.
  • Los recursos contra providencias y autos y el recurso de apelación 19 preguntas Las secciones 1.ª y 2.ª del capítulo III del título IV de la Ley 29/1998: el recurso de reposición contra providencias y autos, qué autos se pueden apelar, qué sentencias son apelables y cuáles no, y cómo se interpone, se tramita y se resuelve la apelación.
  • La casación, la revisión y los recursos contra las resoluciones de los letrados 28 preguntas Las secciones 3.ª, 6.ª y 7.ª del capítulo III del título IV de la Ley 29/1998: qué resoluciones admiten recurso de casación, el interés casacional objetivo, la preparación, la admisión, la interposición y la sentencia, la revisión de sentencias firmes y los recursos contra las resoluciones de los letrados de la Administración de Justicia.
  • La ejecución de sentencias 29 preguntas El capítulo IV del título IV de la Ley 29/1998: a quién corresponde ejecutar, el cumplimiento voluntario y su plazo, la imposibilidad de ejecutar, las condenas al pago de una cantidad y las de hacer, las multas coercitivas, la extensión de los efectos de una sentencia a otras personas y la ejecución de los acuerdos que ponen fin al proceso.
  • El procedimiento para la protección de los derechos fundamentales 18 preguntas El capítulo I del título V de la Ley 29/1998: el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona —su carácter preferente, quién interviene, sus plazos, la admisión y la sentencia—, el recurso contra la prohibición o la modificación de una reunión y los procedimientos de autorización judicial de los artículos 122 bis a 122 quater.
  • La cuestión de ilegalidad y la suspensión administrativa previa de acuerdos 9 preguntas Los capítulos II y III del título V de la Ley 29/1998: cómo se tramita la cuestión de ilegalidad —el auto de planteamiento y su plazo, a qué preceptos se ciñe, la personación, la sentencia y sus efectos sobre el pleito ya fallado— y el procedimiento cuando una ley prevé la suspensión administrativa previa de un acuerdo.
  • La unidad de mercado y la extinción de los partidos políticos 11 preguntas Los capítulos IV y V del título V de la Ley 29/1998: el procedimiento para la garantía de la unidad de mercado —quién está legitimado, la suspensión y la tramitación— y el de la declaración judicial de extinción de un partido político.
  • Los plazos y las medidas cautelares 17 preguntas Los capítulos I y II del título VI de la Ley 29/1998: cómo se cuentan los plazos y cuándo no corren, y las medidas cautelares: cuándo se adoptan, la caución, las de especial urgencia, las previas a la interposición del recurso y cuándo se modifican o se levantan.
  • Los incidentes, las costas y las disposiciones adicionales y finales 16 preguntas Los capítulos III y IV del título VI de la Ley 29/1998 y su parte final: los incidentes y la invalidez de los actos procesales, las costas, y las disposiciones que siguen rigiendo, como la Comisión Arbitral del País Vasco, la actualización de cuantías, el registro de sentencias, los recursos directos contra los actos de determinados organismos, el personal de Correos y la revisión de las sentencias por decisiones europeas.

No incluye la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, ni los recursos administrativos que se interponen antes de acudir a los tribunales, que están en su propia colección, la Ley Orgánica del Poder Judicial, que organiza los tribunales, ni la Ley de Enjuiciamiento Civil, que se aplica de forma supletoria. Tampoco la Ley de Demarcación y de Planta Judicial, el recurso contencioso-electoral de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, los procedimientos que otras leyes llevan ante este orden ni los recursos de casación para la unificación de doctrina y en interés de la ley, que suprimió la Ley Orgánica 7/2015. Ni los preceptos que anuló el Tribunal Constitucional, las disposiciones transitorias que ordenaron el paso desde la ley de 1956 ni lo que la ley solo cambia de otras. Y nada de jurisprudencia, de doctrina ni de tasas judiciales: solo lo que dice la ley, en su redacción vigente.

Antes de empezar

¿Por qué responder y no releer?

El método que mejor sensación te deja es el que peor te va a salir: releer el tema se siente bien porque lo reconoces, no porque lo recuerdes. Aquí no relees, respondes. Lo que ya dominas casi no vuelve, y lo que se te resiste no te deja en paz. Se llama repetición espaciada, y lleva medio siglo funcionando con fichas de cartón.

¿Cuánto cuesta?

Estudiar es gratis, y es igual en los dos planes: el repaso no tiene límite y las preguntas nuevas de cada día son las mismas. Premium añade simulacros de examen sin límite —en el plan gratuito, uno a la semana— y sacar preguntas de tus propios PDF con IA.

¿Esto es como Anki?

El método de fondo es el mismo, y Anki es extraordinario: te devuelve cada tarjeta en el momento justo. El problema nunca fue Anki, fue tener que fabricarse las tarjetas primero. Aquí las preguntas ya están hechas: abres la colección y ya estás respondiendo.

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